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Esta es la multa que te puede caer por dejar a tu perro amarrado en la puerta del supermercado o la farmacia

La nueva ley de bienestar animal se ha estrenado con una multa a una joven de Vigo que dejó a su perro en la puerta de un establecimiento comercial

Un perro espera a su dueño atado a una farola. / Getty

Un perro espera a su dueño atado a una farola.

La nueva ley de bienestar animal entró en vigor el pasado viernes y ya ha comenzado a aplicarse. En virtud de la recién estrenada normativa, una joven viguesa ha recibido una multa de 500 euros —que se reducirá a 250 si se abona de forma anticipada— por dejar a su perro amarrado a las puertas de una farmacia mientras accedía al interior del establecimiento para adquirir medicamentos.

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Aunque la nueva ley contempla que se pueda acceder con mascotas a medios de transporte, establecimientos y espacios públicos, en otro tipo de locales no está permitida su entrada, como es el caso de las farmacias, donde únicamente pueden entrar los animales que sirvan de asistencia a sus dueños. Dejar a los perros "atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento" ya no está permitido.

Multas de entre 500 y 10.000 euros

Hacerlo puede suponer una infracción leve, castigada con sanciones de entre 500 y 10.000 euros, según marca el artículo 73 de la citada ley. La cantidad exacta dependerá de los ayuntamientos y de las comunidades autónomas, instituciones encargadas de calibrar la gravedad del asunto.

La ley de bienestar animal también prohíbe dejar a un animal en el interior de un vehículo o en condiciones térmicas que puedan atentar contra su vida, así como mantenerlos de forma permanente en una terraza, sótano o balcón. Además, los perros no podrán pasar más de 24 horas solos en un domicilio aunque tengan comida y agua suficiente y, en el caso de otros animales de compañía, este plazo puede aumentar hasta los tres días.

La nueva normativa, incluye la obligatoriedad de denunciar a las autoridades la desaparición de un animal de compañía o uno silvestre en cautividad en un plazo máximo de 48 horas. Asimismo, queda prohibido emplear collares eléctricos, llevar animales atados a vehículos a motor en marcha y la eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación, entre otras actuaciones.

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La ley fija sanciones que van de los 50 a los 200.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Se considera infracción leve toda conducta que, "por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal".

Si la infracción provoca "daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas graves", se considerará grave y estará sancionada con multas de entre 10.000 y 50.000 euros. Aquellos casos en los que "el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley", provoquen la muerte del animal serán considerados muy graves y se castigarán con multas de entre 50.000 y 200.000 euros.

El objetivo de la ley es asegurar un maltrato cero de las mascotas en España y erradicar el abandono animal, al tiempo que se promueve la adopción y tenencia responsable.

 
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