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El Supremo ordena revisar un desahucio porque no se localizó a los inquilinos para el juicio

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España porque un juzgado de Fuengirola no hizo ninguna averiguación para tratar de localizar a los inquilinos que debían más de 6.000 euros de alquiler

Tribunal Supremo.

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Madrid

El Tribunal Supremo ha ordenado revisar el deshaucio y embargo de una cuenta con 864 euros que un juzgado de Fuengirola acordó respecto a una pareja que alquiló un piso a la Caja de Ahorros del Mediterráneo y dejó a deber más de 6.200 euros.

La caja activó el proceso judicial y se intentó notificar la causa en dos ocasiones a los morosos en ese domicilio. En la segunda ocasión ya no figuraba su nombre en el buzón. Acabado el plazo, el juez hizo el llamamiento al juicio por edictos, pero tampoco hubo suerte.

El caso llegó hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ha dado la razón a los demandantes porque el juzgado no hizo nada para averiguar la nueva dirección de la pareja y comunicarles la celebración del juicio.

Con esa sentencia en la mano, ahora el Tribunal Supremo ordena revisar el caso porque el juez "no buscó en el sistema interno de búsqueda judicial una dirección alternativa".

Dice el alto tribunal que "los efectos de la violación de sus derechos perduran, en cuanto que, mientras no se deje sin efecto la resolución objeto de revisión que contiene una condena al pago de una suma de dinero, constituye un título de ejecución forzosa frente a los arrendatarios demandados en el juicio de desahucio".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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