Tribunales | Actualidad

El Supremo rebaja a un año de cárcel la condena a un conductor drogado que mató a una mujer cuando adelantaba con raya continua

El alto tribunal rebaja la condena de la Audiencia de Madrid porque no ha quedado acreditado que las drogas influyeran en la conducción del acusado

Piden revisar un caso de violación porque la víctima hizo "vida normal". El TS lo rechaza. / Agencias

Piden revisar un caso de violación porque la víctima hizo "vida normal". El TS lo rechaza.

MADRID

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha rebajado de dos años y medio a uno la condena a un joven que circulaba por la carretera de Pelayos de la Presa en Madrid cuando, "en lo que podría ser un extraño adelantamiento o una extraña maniobra", rebasó a un camión invadiendo el carril contrario hasta chocar de frente con otro coche matando a la conductora. La carretera estaba en perfectas condiciones y había buena visibilidad. El juzgado le condenó por un delito de imprudencia grave a un año de cárcel, pero la Audiencia de Madrid elevó esa pena hasta los dos años y medio al condenarle también por conducir drogado.

Sin embargo, el Supremo corrige esta decisión. Dice la sentencia que "no ha quedado probada la influencia de las sustancias tóxicas en la conducta viaria que provocó, finalmente, la colisión con el vehículo que transitaba correctamente por su carril, causando el fallecimiento de su conductora" y la ley "exige que el consumo de sustancias tóxicas influya o se proyecte en la conducción, que se acredite que dicha ingestión ha afectado a la capacidad psicofísica del conductor y, como consecuencia de ello, a la seguridad en el tráfico". "A diferencia del alcohol, las drogas permanecen en el organismo más tiempo del que duran sus efectos", subraya.

Eso sí, los magistrados reprochan al acusado lo ocurrido para no rebajar la imprudencia de grave a menos grave: "invadir el carril contrario, haciendo caso omiso a la raya continua que lo prohibía, cuando le precedía en su carril un camión, y transitar en trayectoria recta por el carril invadido hasta colisionar de frente con el vehículo que circulaba correctamente, constituye un 'continuum' de graves incumplimientos de normas de cuidado. El recurrente desatendió, hasta niveles intolerables, claras, accesibles y fácilmente atendibles normas y señales de tráfico que prohibían específicamente la peligrosa maniobra realizada. No solo cabe trazar una evidente relación causal entre la acción gravemente descuidada y el resultado de muerte sino también una relación de tipo normativa que le hace merecedor del reproche derivado del referido resultado a título de homicidio por imprudencia grave"

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00