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El Supremo condena a Irene Montero por vulnerar el honor del exmarido de la presidenta de Infancia Libre

La Ministra de Igualdad deberá abonar 18.000 euros por las declaraciones que hizo cuando se le concedió el indulto a María Sevilla en las que vinculó a su ex con la violencia machista

Irene Montero, en el Congreso. / Congreso de los Diputados

Irene Montero, en el Congreso.

MADRID

La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso del exmarido de la presidenta de Infancia Libre contra Irene Montero por sus palabras el día que se le concedió el indulto a María Sevilla. La Ministra de Igualdad celebró la concesión del indulto en un acto en el Instituto de la Mujer. Dijo que era una de las "madres protectoras" que "lo que están haciendo no es otra cosa que defenderse a sí mismas y defender a sus hijos e hijas frente a la violencia machista de los maltratadores que no pueden asesinar a sus hijos e hijas y que no pueden vulnerar los derechos de las mujeres".

La sala recuerda que no hay ninguna resolución judicial que diga que el demandante haya abusado de su hijo o que sea un maltratador, más bien al contrario. Por eso, el alto tribunal le impone una indemnización de 18.000 euros por vulneración del derecho al honor, le obliga a publicar en redes el fallo y a borrar el tuit con sus declaraciones en aquel acto.

Hora Veintipico #216 | Entrevista a Irene Montero

52:22

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Dice la sentencia que "no existe, pues, ninguna resolución judicial que permita concluir que el demandante sea autor de episodios de violencia de género o doméstica, ni autor de delitos de abusos sexuales en la persona de su hijo. En consecuencia, la atribución de hechos de aquella naturaleza al demandante carece de cualquier base fáctica objetiva que permita sostenerlos, con el mínimo rigor exigible, para llevar a efecto una imputación de tanta gravedad, como la que supone la atribución de una conducta constitutiva de ilícitos criminales de máximo reproche. Es más, al contrario, las dictadas le liberan de toda responsabilidad".

Añade que "las palabras pronunciadas han sido debidamente preparadas, no son fruto de la precipitación o inmediatez propias de la contestación a una pregunta que no admite demora, y, además, son incorporadas a una página de una red social de la que es titular la ministra. Con todo lo razonado, en modo alguno, se están cuestionando las políticas del ministerio, sino el carácter peyorativo que, para el honor del demandante, implican las palabras que conforman el objeto de este proceso, sin la más mínima base fáctica para imputarlas al demandante, lo que conforma una gratuita atribución en patente descrédito de su dignidad como persona".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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