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La Fiscalía reitera que no procede rebajar las condenas por el 'solo sí es sí' si la pena se enmarca dentro de la horquilla de la nueva ley

Se trata de un documento de 121 páginas al que ha tenido acceso la SER que marca el camino a los fiscales para que den la batalla en el Supremo e intenten tumbar buena parte de las reducciones de condena que ha generado la ley del 'sólo sí es sí'

Una manifestante muestra una pancarta con el lema "Solo si es sí" durante la marcha convocada por el 8 de marzo / Raúl Caro (EFE)

Una manifestante muestra una pancarta con el lema "Solo si es sí" durante la marcha convocada por el 8 de marzo

Madrid

La Fiscalía General del Estado refuerza su interpretación sobre la rebaja de condenas a agresores sexuales. Dice que no procede, en general, rebajar las condenas si la pena se enmarca dentro de la horquilla de la nueva ley. Insiste el fiscal general del Estado en esto que es clave ahora porque puede llevar a los fiscales a recurrir muchas de estas rebajas en el Tribunal Supremo.

Se trata de un documento de 121 páginas al que ha tenido acceso la SER que marca el camino a los fiscales para que den la batalla en el Supremo e intenten tumbar buena parte de las reducciones de condena que ha generado la ley del 'sólo sí es sí'. Varias de las fuentes del Ministerio Público consultadas insisten en que lo que se pretende con este borrador es "marcar el camino al Supremo para que siente doctrina sobre la ley del solo sí es sí".

Entre las directrices de la Fiscalía General del Estado a sus fiscales de sala en este borrador se encuentra la orden de analizar cada caso individualmente huyendo de automatismos, pero con la premisa de que el fiscal se oponga a la reducción cuando la pena impuesta con la antigua ley se amolde al marco de penas que crea la nueva.

De forma excepcional, cabría darle el visto bueno a la revisión a la baja en casos desproporcionados en los que resulte notorio que si los hechos hubieran sido enjuiciados con la nueva legislación la pena de prisión habría sido indudablemente muy inferior.

No obstante, en los casos susceptibles de reducción de pena los fiscales tendrán que ser especialmente cautelosos a la hora de hacer cálculos. Es decir, al comparar y realizar la correcta equivalencia entre el tipo penal derogado y el vigente, y tendrán que tener en cuenta si se pueden aplicar nuevos agravantes en virtud de la ley del 'sólo sí es sí' que reduzcan la rebaja de condena. Éste ha sido un aspecto clave en la mayor parte de las revisiones de condena a la baja que se han dado hasta ahora en primera instancia. Los jueces no han tenido en cuenta los agravantes que contempla la nueva ley.

Si finalmente se produce la reducción otro de los puntos en los que incide el documento es en la posibilidad de que los fiscales soliciten la imposición de penas de libertad vigilada, de privación de la patria potestad o la inhabilitación para desempeñar empleos o cargos públicos o para desarrollar profesiones que impliquen el contacto con menores de edad.

El borrador insiste en la necesidad introducir "el enfoque de género como principio normativo de obligado cumplimiento" e insiste en el consentimiento como "regla de valoración de la prueba".

El documento no está aprobado aún y se debatirá en la próxima reunión de la Junta de Fiscales de Sala.

 
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