María Salmerón deberá entrar en prisión de forma voluntaria antes de 15 días
La mujer sevillana está condenada por incumplir las visitas de su hija con su exmarido, condenado por maltrato, cuando esta era menor
Sevilla
El Juzgado de lo Penal números seis de Sevilla ha comunicado a María Salmerón, la mujer condenada a nueve meses de cárcel por desobediencia al incumplir la custodia compartida de su hija con el padre de esta, condenado a su vez a un año y nueve meses de cárcel por malos tratos; un segundo plazo de 15 días para su "ingreso voluntario en prisión" para cumplir dicha pena, extremo acontecido después de que el Gobierno central denegase ya de manera expresa su petición de nuevo indulto.
Así lo ha explicado este miércoles a los medios de comunicación la propia María Salmerón tras salir del juzgado, acompañada de su abogado, José Estanislao Naranjo, indicando que "hace un par de días" fue notificada finalmente y de manera "oficial" la decisión del Gobierno central de denegar su nueva petición de indulto.
Ante esta situación, el letrado de la mujer ha explicado que la idea es "impugnar ante el Tribunal Supremo" la denegación de la nueva petición de indulto, algo quizá pionero en España, según ha indicado.
Mientras la ministra de Justicia, Pilar Llop, explicaba recientemente que la petición de nuevo indulto fue denegada por "imperativo legal", pues según aseguraba no había "margen" legal para autorizarlo, el abogado de Salmerón considera que la tramitación de la solicitud por parte del Estado podría incurrir "en alguna cuestión no muy convincente".
Pedir un nuevo indulto
En paralelo, la defensa de Salmerón ha expuesto que también se prevé solicitar "un nuevo indulto", acreditando el pago "completo" de la indemnización incluida en la condena en cuestión, para después "solicitar la suspensión de la pena" de cárcel hasta que se resuelva la nueva petición de indulto, aunque ha admitido que "no es habitual" que se conceda una segunda suspensión de la pena de cárcel.
En cualquier caso, el abogado ha esgrimido que los hechos objeto de esta condena se remontan a "nueve o diez años" atrás y que María Salmerón lleva actualmente una vida plenamente "normalizada" y ha abonado la responsabilidad civil impuesta.
En concreto, en un auto de fecha 28 de enero de 2021, recordémoslo, el juzgado daba cuenta de que ante la petición de la representación de María Salmerón de suspender la ejecución de su condena a nueve meses de prisión impuesta en junio de 2019 por esta instancia judicial, tanto la Fiscalía como la acusación particular se opusieron a dicha medida.
Al respecto, el juzgado razonaba que si bien María Salmerón "ha sido condenada en varias ocasiones", lo cierto es que "nunca ha entrado en prisión", ya sea por la concesión de indultos o por la prescripción de los hechos sancionados, con lo que esta condena del Juzgado de lo Penal número seis a nueve meses de cárcel por desobediencia y otra más del Juzgado de lo Penal número uno serían "las únicas" que pesan a todos los efectos sobre Salmerón.
Los otros indultos
Finalmente, el Juzgado de lo Penal número seis consideraba en este auto de enero de 2021 que "la concesión de otros indultos" a Salmerón, aunque el último fuese declarado nulo por el Tribunal Supremo, conducía a resolver que "lo más prudente" era entonces suspender la efectividad de la mencionada condena a nueve meses de cárcel hasta que fuese resuelta la solicitud de Salmerón respecto a un nuevo indulto, con su aceptación o "denegación".
Pero en una providencia posterior de fecha 29 de marzo recogida por Europa Press, el Juzgado de lo Penal número seis indicaba que aquella petición de indulto fue formalizada el 9 de febrero de 2021, toda vez que "la última documentación" solicitada con relación al asunto se remonta al 26 de marzo de aquel año y la regulación estipula que "transcurrido el plazo de un año, debe entenderse desestimada la solicitud de indulto".
Es por eso que el juzgado requería ya a María Salmerón para "el ingreso en prisión a fin de cumplir la pena" impuesta, con un plazo de 15 días para ello desde la notificación de dicha decisión, pesando posteriormente la decisión del Gobierno central de denegar ya de manera expresa su petición de nuevo indulto.