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Condenado a dos años de prisión por tocar el pecho de una menor en A Coruña

El procesado se aproximó a dos menores, a las que no conocía, cuando se encontraban en una parada de autobús de la ronda de Outeiro

Audiencia Provincial de A Coruña / Radio Coruña Cadena SER

Audiencia Provincial de A Coruña

A Coruña

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a dos años de prisión a un varón que tocó el pecho a una menor que no conocía en la ciudad.

En una sentencia de la Audiencia Provincial fechada el pasado día 30 de junio y hecha pública este lunes por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, se condena a un hombre como responsable de un delito contra la libertad sexuales de los menores.

El fallo dice que se ha probado que el 21 de marzo de 2018, un poco antes de las nueve de la noche, el procesado se aproximó a dos menores, a las que no conocía, cuando se encontraban en una parada de autobús de la ronda de Outeiro.

“Tras entablar una conversación con ellas, les dijo que si querían ‘las hacía mujeres’, y, con ánimo lúbrico, colocó su brazo enganchando a una de las menores, rozándole con él un pecho, zafándose las niñas y escapándose del lugar”, explica la sentencia.

El hombre había negado los hechos, pero el tribunal asegura que “no tiene ningún sentido” que las menores le atribuyan al acusado ese comportamiento “de no haber acontecido los hechos que relatan”.

“A la credibilidad intrínseca de las declaraciones de las menores, se suma como elemento corroborador la información que nos facilitó la madre de una de ellas, a quien su hija le llamó pidiéndole que fuera, que estaba muy nerviosa”.

Añaden que “no se ha puesto en duda que el acusado conocía que se dirigía a unas menores, pues el mismo incidió en su declaración que eran unas crías, unas niñas pequeñas, y que podían tener la edad de sus hijas”.

Por todo ello, considera probado que “no produce ningún equívoco” el contenido sexual del acto del condenado, pues subraya que “no estamos ante un rozamiento por contacto” y, además, “va acompañado de la frase que les dirige a las menores, de que les hacía mujeres, también de inequívoca carga sexual, la cual, proferida en la calle, a unas menores, resulta intimidante”.

Por tanto, ha sido condenado a dos años de prisión, alejamiento de las menores durante tres años, otros cinco de libertad vigilada y el abono de mil euros de indemnización, aunque contra la resolución cabe presentar recurso.

 

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