Economía y negocios

La Justicia declara la relación laboral entre Glovo y 168 repartidores

Una sentencia establece que los repartidores de Glovo trabajan bajo la organización y control de la empresa a través de su aplicación informática

Un repartidor de Glovo en bicicleta.

Un repartidor de Glovo en bicicleta. / Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

Un repartidor de Glovo en bicicleta.

Bilbao

El Juzgado de lo Social número 4 de Donostia-San Sebastián ha reconocido la existencia de una relación laboral entre Glovo y 168 repartidores que trabajaron para la empresa entre octubre de 2018 y diciembre de 2020. La decisión judicial responde a una demanda interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social tras una inspección realizada en 2022.

Según el fallo, Glovo incurrió en la omisión de alta y cotización de estos trabajadores, lo que generó un acta de liquidación de 410.587,71 euros. La sentencia establece que la relación entre los repartidores y la empresa no era mercantil, como alegaba Glovo, sino laboral, conforme al artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores.

La aplicación informática como herramienta de control

El juez ha determinado que la aplicación informática utilizada por Glovo no es un simple medio de coordinación, sino una herramienta que organiza y controla la actividad de los repartidores de forma encubierta. El sistema de valoración de la aplicación penaliza a aquellos repartidores que no cumplen con los estándares establecidos por la empresa.

Además, señala que los repartidores deben comunicar su ubicación a Glovo y no tienen libertad para fijar los precios de sus servicios. Estas características, según el fallo, son propias de una relación laboral y no de un contrato de colaboración entre partes iguales.

Repercusión para los repartidores y la empresa

El magistrado subraya que Glovo organiza, dirige y controla la actividad de los repartidores, quienes trabajan bajo su supervisión. Por lo tanto, cumple con los requisitos que definen una relación laboral: prestación voluntaria, retribuida y bajo la dirección de la empresa.

Esta resolución, refuerza la postura de la Tesorería General de la Seguridad Social y marca un precedente relevante en el ámbito de los derechos laborales en plataformas digitales.

Próximos pasos legales

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Mientras tanto, Glovo podría enfrentarse a un cambio significativo en su modelo de negocio en España, dependiendo de las resoluciones definitivas en los órganos judiciales superiores.

La decisión del juzgado supone un nuevo episodio en el debate sobre la economía de plataformas y los derechos laborales de los trabajadores de estas empresas, con posibles implicaciones para el sector en su conjunto.

 
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