El Athletic corta de raíz con los violentos y sus colaboradores: recibirán las mismas sanciones y podrán perder el carné
Entre las medidas anunciadas por el club se contempla la expulsión del club de quienes vendan entradas a seguidores violentos
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Bilbao
Cinco días después de los graves incidentes provocados por una minoría de seguidores radicales del Athletic en el Olímpico de Roma, donde se llegó a lanzar una bengala que impactó de lleno en la grada local, el Athletic ha dado un paso más en su persecución hacia sus aficionados violentos y ha concretado las medidas que tomará contra toda aquella persona que sea identificada en los mencionados altercados. Asimismo, el club hace extensivas todas estas medidas a toda "conducta violenta, xenófoba o intolerante" en el entorno del fútbol.
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En concreto, se trata de cinco medidas que incluyen la prohibición de acceso a las instalaciones del Athletic -San Mamés y Lezama- durante un mínimo de cinco años o la reclamación de las multas económicas que se reclamen al club por cualquier tipo de incidente. Además, se establece como igualmente responsable a aquella persona que colabore con un aficionado violento, por ejemplo, con la venta de una entrada o la cesión de un carné.
Las medidas anunciadas son, en conjunto, las siguientes:
1) En los casos en los que las personas identificadas como autores de este tipo de actos sean socios o socias, el Club facilitará a la Comisión de Disciplina la información recabada para la adopción de las sanciones que establecen los Estatutos. También se facilitará la información de los socios y las socias que, en su caso, hayan colaborado con las personas identificadas como, por ejemplo, facilitando entradas para su acceso al estadio de la Roma.
2) Ante la gravedad de los hechos ocurridos y para prevenir el riesgo de comisión de nuevos comportamientos de este tipo, el Club directamente:
a) impedirá el acceso al estadio de San Mamés y a las instalaciones de Lezama a los autores de estos incidentes que no reúnan la condición de socios o socias, durante un periodo mínimo de cinco años, que podrá ser superior -incluso, de por vida- en función de la gravedad de los hechos cometidos; y
b) vetará la compraventa de entradas para los partidos que se celebren fuera de las instalaciones del Athletic Club a los autores de estos actos, tanto si son socios o socias como si no, durante el mismo periodo mínimo de cinco años, que podrá ser superior -incluso, de por vida- en función de la gravedad de los hechos cometidos.
3) En el caso de que las personas responsables incumplan o eludan la aplicación de las medidas señaladas en el apartado 2), estas se prorrogarán automáticamente por idénticos periodos de duración.
4) Quienes cooperen con las personas responsables para que estos últimos incumplan las medidas o eludan su aplicación (como, por ejemplo, facilitar una entrada o ceder un carnet para acceder a un partido) también responderán por este hecho y se les aplicarán las mismas medidas (de prohibición de acceso y de venta de entradas) que ayudaron a eludir durante el mismo periodo de tiempo.
5) El Club reclamará a los autores de los incidentes las consecuencias económicas causadas con su actuación (sanciones que se impongan al Club, así como cualesquiera otros daños y perjuicios).