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Un informe avala que AMVISA no rompa los contratos con Stoa pese a la condena de su administrador en el Caso De Miguel

La presidenta de AMVISA presentará mañana el informe al Consejo de Administración para que adopte una decisión

La sentencia del Supremo sobre el Caso De Miguel no conlleva la resolución de los contratos suscritos entre AMVISA y Stoa, la empresa cuyo administrador único era hasta enero uno de los condenados en el Caso De Miguel, Sergio Fernández. Es lo que sostiene un informe jurídico externo encargado por la sociedad de aguas municipal de Vitoria para decidir cómo actuar una vez que el Supremo confirmó la condena por cohecho del contratista y que la presidenta de la entidad, Marian Gutiérrez, llevará al Consejo de Administración de mañana jueves.

El informe, cuyo contenido ha conocido SER Vitoria, sostiene que las condenas penales firmes no afectan a la ejecución de los contratos si estos ya están formalizados. En el caso de AMVISA, de los cuatro suscritos con Stoa, dos están completados y otros dos en ejecución. El informe concluye que "los contratos que se han formalizado teniendo como administrador y adjudicatario a los condenados deben mantenerse vigentes hasta su extinción y cumplirse según sus términos. En los ejecutados no cabrá otra opción que el pago. En los que estén en curso se debe llevar a cabo su completa ejecución. No es posible resolverlos anticipadamente por esta causa". La prohibición de contratar solo afectaría a los momentos previos: presentación de ofertas y adjudicación y firma del contrato.

El informe del abogado recuerda además que AMVISA es una sociedad pública que se rige íntegramente por el derecho privado. Y añade que el Supremo no se ha pronunciado en la sentencia del caso De Miguel sobre la prohibición de contratar. Sergio Fernández fue condenado por los delitos de cohecho activo y falsedad en documento privado y cesó como administrador único de Stoa diez días después de ser condenado.

AMVISA también solicitó al abogado consejo sobre cómo proceder en el futuro "para reforzar la confianza de que no se adjudican contratos a empresas condenadas por sentencia firme ni tampoco a aquellas cuyos Administradores lo hayan sido". Como posible solución, el letrado sugiere la consulta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado de las empresas adjudicatarias antes de llevar a cabo la adjudicación del contrato.

Por último, el informe concluye que el cambio de denominación de la firma ni el cese de Fernández no tienen efecto tampoco en los contratos en curso.

 
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