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La Audiencia Nacional ya no ve necesario el "perdón expreso" para conceder permisos a presos de ETA

Hasta ahora, la Audiencia Nacional estaba anulando los permisos concedidos a aquellos presos que no incluyeran en sus cartas de arrepentimiento un "perdón expreso" a las víctimas concretas de sus acciones

Entrada a la Audiencia Nacional / Alejandro Martínez Vélez - Europ

Entrada a la Audiencia Nacional

Bilbao

La entrada de un nuevo magistrado en la sala de la Audiencia Nacional que debe resolver los recursos de vigilancia penitenciaria ha supuesto un viraje en las condiciones impuestas a los presos etarras para poder obtener permisos de salida y ya no considera un "requisito legal" el perdón expreso a las víctimas para obtenerlos.

Así lo ha plasmado en un auto, al que ha tenido acceso Efe, la Sección primera de la Audiencia Nacional, a la que llegó recientemente el magistrado José Ricardo de Prada -de carácter progresista- en sustitución de la expresidenta de la Sala de lo Penal Concepción Espejel tras su nombramiento como magistrada del Tribunal Constitucional a propuesta del PP, y que ha sido el ponente de esta resolución.

En este auto, que cuenta con un voto particular del magistrado Francisco Javier Viera al discrepar con que no se tenga en cuenta el perdón a las víctimas, la Sala ha admitido el recurso que interpuso el preso de ETA Gorka Loran Lafourcade -condenado por tentativa de asesinato- contra la decisión del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de denegarle un permiso de salida aprobado por la Junta de Tratamiento de la prisión de Álava el pasado 15 de septiembre.

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Hasta ahora, la Audiencia Nacional estaba anulando los permisos concedidos a aquellos presos que no incluyeran en sus cartas de arrepentimiento un "perdón expreso" a las víctimas concretas de sus acciones terroristas y ofrecieran un claro resarcimiento económico. Sin embargo, la nueva composición de la Sección primera de lo Penal, encargada de revisar esos permisos por la vía de los recursos, ha cambiado de criterio y considera que el que no conste esa petición expresa de perdón a las víctimas "no es en absoluto un requisito legal para la obtención de permisos penitenciarios".

Preparación para la vida en libertad

Los factores a tener en cuenta, explica, son solo por tanto el tiempo "ya completado" de condena y "el escaso tiempo que resta para su total extinción", como es el caso de Gorka Loran, que el 19 de diciembre de 2028 tenía cumplida tres cuartas partes de la pena y su salida de prisión está prevista para el 18 de diciembre de 2023.

Además, los magistrados también tienen en cuenta que el permiso otorgado "tiene como fin la preparación para la vida en libertad", lo que hace necesario "en este periodo final" activar "los mecanismos y previsiones penitenciarias que no lo hubieran sido con anterioridad para la preparación de la vida en libertad".

Hasta ahora la Audiencia Nacional había reprobado, al resolver este tipo de recursos, lo que calificaba de cartas "genéricas" de arrepentimiento por parte de miembros de ETA, al entender que únicamente tenían el objetivo finalista de obtener beneficios penitenciarios, ya que no incluían un "perdón expreso" a las víctimas concretas de sus acciones terroristas.

 
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