Un juzgado condena a Sanidad por no vacunar al mismo tiempo a los médicos de la pública y de la privada
El juez dice en el fallo, que responde a un recurso del Colegio de Médicos de Alicante, que "es como si los oficiales abandonasen a los soldados situados en primera línea sabiendo perfectamente que podían enfermar y morir"
Conselleria de Sanidad anuncia que recurrirá en apelación
Alicante
Nuevo revés judicial para la Conselleria de Sanidad en su gestión en la pandemia. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Alicante reconoce que la Generalitat Valenciana vulneró el derecho fundamental a la igualdad y a la salud por no vacunar contra la COVID-19 a los médicos que ejercen en la sanidad privada de "igual forma y en las mismas condiciones que sus compañeros de la sanidad pública. Hubo exclusión", dice la sentencia. Fuentes de la Conselleria de Sanidad han confirmado a Radio Alicante que recurrirán en apelación.
El fallo establece además una indemnización por daños morales de 10.000 euros para el Colegio Oficial de Médicos de Alicante (COMA), entidad que interpuso el recurso contra Conselleria de Sanidad.
El juez, que rechaza el argumento de Sanidad para que no se admitiera este recurso, establece que la administración autonómica es responsable de esta vulneración por su "inactividad" al no vacunar a estos profesionales en igualdad de condiciones que sus compañeros que ejercen en centros públicos.
Y fija que la norma estatal que asumió la Generalitat no diferenciaba entre médicos de la sanidad pública o privada y autónomos. "Esta diferencia la creó artificialmente la Generalitat Valenciana desde e momento en el que acordó (voluntaria o involuntariamente) no vacunar a los sanitarios que trabajaban en la sanidad privada, abandonándolos a su suerte". Así, considera que todo el personal sanitario que estuviera en primera línea de batalla contra el virus "tenía absoluta prioridad para ser vacunado, prioridad que la Administración valenciana no respetó".
"Es como si los oficiales abandonasen a los soldados situados en primera línea"
El magistrado mantiene que el trato de la Conselleria de Sanidad "debió de ser exactamente el mismo para el personal sanitario que ejercía en la sanidad pública como para el que se encontraba ejerciendo sus funciones en la sanidad privada, máxime cuando en la vacunación del primer grupo, residentes y personal sanitario en residencias de ancianos, no se distinguió entre aquellas residencias pertenecientes al sector público y las integradas por el sector privado".
El juez señala que el orden de prelación en la vacunación "resultaba totalmente lógico y coherente con la situación de la pandemia". "Se inició en las residencias de ancianos precisamente por ser las que habían concretado el mayor foco de fallecimientos en la primera fase de pandemia y, lógicamente, se prosiguió por el personal sanitario destinado a combatir el virus en primera línea de batalla", apostilla.
"La lógica de la prelación efectuada es tan aplastante que no merece mayor comentario. Se trataba de vacunar en primer lugar a los médicos de urgencias y a todos aquellos que recibieran a pacientes contagiados con riesgo de estarlo. Por utilizar un símil castrense, es como si los oficiales abandonasen a los soldados situados en primera línea sabiendo perfectamente que los mismos podían enfermar y morir", subraya.
"Relegado de manera manifiesta"
A su entender, en la Comunitat, el personal sanitario que trabajaba en la sanidad privada fue relegado "de manera manifiesta a la hora de recibir la vacuna". "Estamos, por tanto, ante una vulneración flagrante del principio de igualdad", describe.
"El hecho cierto es que los sanitarios que trabajaban en el sector privado fueron pura y simplemente ignorados por la Administración, como si no existiesen. No es que hubiera una priorización del personal de la sanidad pública, es que hubo una exclusión inexplicable del personal de la sanidad privada, sobre todo porque la normativa nunca contempló esta distinción", incide.
Uno de los argumentos usados por la Administración es que no existían vacunas suficientes para el personal privado, pero esto "queda desmontado con datos que ponen de manifiesto el número de vacunas recibidas". "No estamos ante un olvido o una insuficiencia de vacunas, sino ante una deliberada falta de cumplimiento de la normativa aprobada por el ministerio", destaca.
Y resume: "La Administración ha omitido de manera manifiesta la obligación de vacunar en las mismas condiciones al personal sanitario privado si bien, el juzgado no puede llegar a afirmar que esa omisión sea de modo premeditado y a sabiendas".
El Colegio de Médicos ha mostrado su "satisfacción" por el fallo puesto que estima íntegramente que ha existido una vulneración "clara" y una discriminación en la vacunación de los médicos de ejercicio privado.