La justicia da la razón al Ayuntamiento de Gandia que reservó 4 plazas de Policía Local para mujeres
Se trata de una sentencia pionera en la Comunitat Valenciana que ha dado la razón al Consistorio basándose en la normativa europea
Gandia
El juzgado de lo contencioso administrativo número 5 de Valencia ha dictaminado una resolución favorable al Ayuntamiento de Gandia sobre la convocatoria de 47 plazas de Policía Local en las que se reservaron 4 para mujeres. El magistrado ha desestimado los recursos interpuestos por 5 agentes que optaban a estos puestos quienes impugnaron en noviembre de 2020 las bases de la oposición donde se contemplaba esa reserva en el turno de movilidad.
Se trata de una sentencia pionera en la Comunitat Valenciana que ha dado la razón al Consistorio gandiense basándose en la normativa europea que contempla que sí que se puedan reservar plazas específicas para mujeres. Un hecho que actualmente no tiene en cuenta la legislación valenciana. Es una discriminación positiva hacia las mujeres que para Europa garantiza la plena igualdad efectiva en la vida laboral y a la que se ha acogido para su defensa el Ayuntamiento.
El fallo judicial, al que ha tenido acceso Radio Gandia SER, se basa en el artículo 157 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea que en esencia establece que una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo no constituirá discriminación. En este caso, y citamos textualmente, "la medida de discriminación positiva no tuvo un efecto desproporcionado con lesión de la normativa europea".
En las alegaciones, los 5 agentes han defendido que no se podían reservar plazas en el turno de movilidad, pero el juez ha tenido en cuenta que en la plantilla de la Policía Local de Gandia sólo un 16% son mujeres, y la reserva únicamente no se puede realizar si alcanza el 40%, como no es este caso.
Menos estudio por las cargas familiares
Del mismo modo, el Departamento de Personal de la administración local defiende en su argumentario que las mujeres, por las cargas familiares, tienen menos tiempo para preparar la oposición que los hombres. Si están preparándose estos exámenes durante dos años, ellos los afrontan habiendo estudiado 2.000 horas más que las mujeres.
A esto se suma que en los puntos que se valoran, de 60, 10 corresponden a condecoraciones y medallas, y las mujeres no poseen estas distinciones, que alega el Consistorio se entregan de forma subjetiva ya que corresponden al alcalde que gobierna en cada momento. No obstante, contra esta sentencia cabe recurso de apelación.