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Alcorcón mantendrá en 2022 el sistema de pago de tasa de terrazas de pandemia

Se tendrá que liquidar la tasa a final de año en función del número de mesas efectivamente instaladas y los meses de uso, tal y como se acordó tras el confinamiento

Terrazas / Europa Press

Terrazas

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El Ayuntamiento de Alcorcón ha enviado una circular a los establecimientos hosteleros de la localidad trasladándoles que mantiene el nuevo sistema de pago de tasa de instalación temporal de terrazas veladores, cenadores, toldos o pérgolas, que fue modificado el pasado año con motivo de la pandemia y que seguirá en 2022.

Para la anualidad del próximo año se ha procedido a aprobar el mismo sistema de pago, mediante liquidación de la tasa a final del año en función del número de mesas efectivamente instaladas y los meses de uso, tal y como se acordó tras el confinamiento, señala el Consistorio en una nota.

"Nuestra intención es facilitar en la medida de lo posible las gestiones administrativas de la ciudadanía y, para el sector de la hostelería en particular, fomentar que el desarrollo de la actividad se dé en condiciones de seguridad", ha señalado la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio, Candelaria Testa.

Testa ha avanzado que, desde este mismo mes, los hosteleros pueden presentar la preceptiva solicitud de autorización, la cual puede consistir bien en una nueva licencia, es decir, solicitud para nueva instalación o cambio de titular; así como una modificación de la existente o una renovación de la licencia.

En el caso de una modificación, se trata de ampliación o disminución del número de mesas que ocupan la vía pública respecto a la licencia ya concedida en años anteriores, así como variación en relación con los elementos auxiliares instalados.

Si se trata de una renovación, el trámite se basa en autorización en los mismos términos que en temporadas anteriores cuando no se produzca modificación alguna, por lo que en este caso deberán presentar la solicitud antes del fin de vigencia de la concedida para 2021.

La solicitud, debidamente cumplimentada y firmada, así como los documentos que deban aportar, podrán presentarse a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de otras Administraciones, en caso de personas jurídicas.

 
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