Los incentivos fiscales en la compraventa de una vivienda habitual
Los expertos del despacho CIALT detallan los incentivos, incluso las exenciones, que existen en las operaciones de este tipo
Irun
Es interesante entender que considera la administración por “vivienda habitual”. Para que nuestra casa sea considerada como tal, la persona en cuestión debe residir como mínimo durante 3 años, y de manera consecutiva. “No es solo el hecho de adquirir una vivienda, sino que tiene que ser el principal núcleo”, explica Miguel Nieto, miembro del despacho CIALT. Aunque tal y como añade el experto, “no es un requisito cerrado, puede haber situaciones que conlleven a una persona a abandonar la vivienda” sin que eso suponga perder el concepto.
Tipos de incentivos
Como explica Nieto, “uno de los incentivos tradicionales y más potentes por parte de la administración es el crédito fiscal que se otorga”. Esta ventaja se aplica sobre las cantidades invertidas en la adquisición de la vivienda.
Esta ventaja fiscal tiene un límite anual estableció en los 1.530 euros por cada contribuyente. También se establece un límite temporal, de tal forma que, la ayuda máxima establecida a lo largo de la vida del contribuyente es de 36.000 euros.
Nuevas realidades adaptadas a la fiscalidad
Las leyes se adaptan al ritmo que cambia la vida. Así, explica Nieto, que las nuevas plataformas que alquilan las consideradas viviendas habituales “no hacen perder el derecho adquirido. La administración hace una interpretación y establece unas normas en este sentido para que este tipo de abandonos temporales no conlleven la perdida automática del concepto de vivienda habitual por lo que no se pierden los incentivos fiscales.
Insisten los entendidos en la materia en la importancia de acudir a los expertos para tener sobre la mesa todas las opciones en materia de derechos y obligaciones a la hora de llevar a cabo una operación de compraventa de una vivienda o un local.