Un juzgado coruñés reconoce el derecho de un jubilado a recibir el complemento por maternidad en su pensión
El Juzgado de lo Social estima la demanda de un jubilado frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social
A Coruña
Un juzgado de A Coruña ha reconocido el derecho de un jubilado a recibir el complemento por maternidad en su pensión. El juez señala que el concepto de este complemento "trasciende de la maternidad biológica y se vincula a la práctica de los cuidados proyectados sobre los menores descendientes". Considera que la negativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social a la petición del jubilado "vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación por razón de sexo del recurrente".
El refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña tiene en cuenta los criterios de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de diciembre de 2019. Para este juez se trata de proteger la pérdida de oportunidades laborales o la inferior cotización que conlleva "irremediablemente el tiempo dedicado al cuidado de hijos e hijas, pues tal trabajo -indica el fallo- carece de reconocimiento social o contributivo a la Seguridad Social".
Establece que tienen derecho a percibir este plus los beneficiarios de las pensiones de jubilación, invalidez o viudedad con dos hijos o más declaradas desde el 1 de enero de 2016 hasta el 4 de febrero de 2021. En este caso, la resolución judicial fija que debe ser del 5% sobre la cantidad inicial de la pensión de jubilación contributiva del recurrente.