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Cuando no había estado de alarma en Euskadi

Eva Domaika pone la lupa en las consecuencias que puede tener el fin del estado de alarma para la gestión de la pandemia en Euskadi

Bilbao

Para entender el debate en torno al estado de alarma, retrocedamos a cuando no estaba en vigor, antes del 14 de marzo y entre junio y octubre. ¿Con qué medidas nos enfrentábamos al virus en Euskadi?: Suspensión de la actividad formativa presencial, de visitas a residencias, limitación de aforos en espectáculos  y cese de actividad en centros de dia, museos, hosteleria y centros de culto. Estas son las competencias del Gobierno vasco. Además de actuar sobre las personas contagiadas y su entorno inmediato. Nada más

Así que, si decae el estado de alarma, que todavía hay que verlo, quedarían sin efecto la limitación de reuniones a cuatro personas, los confinamientos perimetrales y el toque de queda. Toda norma vasca que entrara en esos terrenos tendría que ser validada por el Superior de Justicia, que acabaría gobernando de facto y, como se ha visto, no siempre en sintonía con el Gobierno

Ni se podrá hacer con la Ley vasca de pandemia. Las competencias son las que son. En Sanidad, la legislación básica corresponde al Gobierno central; a los autonómicos les queda el desarrollo.

Este es el panorama a tres semanas del 9 de mayo. Con 442 hospitalizados en planta y 128 en UCI. Y subiendo.

Eva Domaika

Eva Domaika

Jefa de informativos en Cadena SER Vitoria. Presenta el informativo diario ‘La ventana Euskadi’. Si...

 
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