Hora 14 BalearesHora 14 Baleares
Actualidad

Sanidad propone mascarilla en la playa sólo para pasear y si no hay distancia

Gobierno y comunidades tratan hoy de modular la obligatoriedad de mascarillas

Sanidad propone mascarilla en la playa sólo para pasear y si no hay distancia / Cadena Ser Archivo

Sanidad propone mascarilla en la playa sólo para pasear y si no hay distancia

Palma

Sanidad propone el uso de la mascarilla obligatoria en las playas cuando se esté paseando o en situaciones en que no haya distancia de seguridad, mientras que se excluye durante el baño, la práctica de deporte o en los periodos de descanso en un lugar fijo, tanto en el mar como en piscinas y otros espacios acuáticos.

Son algunas de las propuestas recogidas en el borrador del documento que el Ministerio de Sanidad va a trasladar esta tarde a las comunidades autónomas, al que ha tenido acceso Efe, para "modular" la obligatoriedad del uso de mascarillas que contempla la ley de nueva normalidad incluso cuando se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.

En concreto, se pretende acordar la regulación del artículo 6.2 que establece que no será exigible el uso de mascarilla en el caso del ejercicio de deporte individual y permite que se pueda exceptuar el uso de la mascarilla cuando, por la propia naturaleza de las actividades, ese uso resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Así, Sanidad planteará al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de esta tarde, que se equipare al ejercicio de deporte individual las actividades que supongan un esfuerzo físico intenso, de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual.

La propuesta declara actividades incompatibles con el uso de la mascarilla:

- El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.

- La práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial.

- Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.

- Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.

- Los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.

En cambio, propone el uso obligatorio de la mascarilla:

- El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.

- El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.

- El uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.

- La permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.

El Ministerio de Sanidad trasladará esta tarde a las comunidades una propuesta para "modular" la obligatoriedad del uso de mascarillas que contempla la ley de nueva normalidad incluso cuando se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.

En la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) de la semana pasada, la ministra Carolina Darias ofreció a los consejeros autonómicos trabajar "de manera técnica" para revisar y actualizar esta parte de la ley de la nueva normalidad, cuya literalidad impone el uso de mascarillas aun estando solo en espacios abiertos.

Y en la de hoy Darias llevará "probablemente" una propuesta para "modular" o corregir la norma porque es "de sentido común", según avanzó el lunes el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón.

La ley, publicada el pasado martes en el BOE, es fruto del trabajo parlamentario a partir del real decreto de nueva normalidad que se aprobó en junio de 2020 para tramitarse como proyecto de ley.

Durante su trámite parlamentario en el Senado se introdujo una enmienda del PSOE que fijaba la obligatoriedad de la mascarilla incluso manteniendo la distancia de seguridad, cuando hasta entonces se exigía de no ser posible guardar la distancia de 1,5 metros.

La motivación de la enmienda argumentaba que "con la evidencia reciente sobre transmisión del SARS-CoV-2 por aerosoles, el uso de mascarillas no puede quedar supeditado a no poder garantizar la distancia de 1,5 metros".

"En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público", indica la redacción final de la ley que recibió el aval definitivo del Congreso el 18 de marzo.

Nada más conocerse la publicación de la norma las comunidades reaccionaron en cascada y mostraron su rechazo a una obligación que hasta ese momento había pasado desapercibida.

Fue el caso de Baleares, que interpretó que no es obligatoria en playas y espacios naturales para quienes van solos o con convivientes y mantienen la distancia, pero sí en las reuniones sociales en esos lugares, al margen de lo que diga la ley estatal.

El secretario de Salud Pública de la Generalitat, Josep Maria Argimon, cuestionó ayer la norma y confió en que el Ministerio de Sanidad module su propuesta: "Obligar a llevar mascarilla en la playa no sé si es bueno", comentó antes de enfatizar que el sudor o la arena pueden "hacer perder el efecto protector" de la misma.

La Junta de Andalucía también rechazó de plano el uso del cubrebocas para tomar el sol en la playa y en las piscinas y apostó por la directriz que implantó el verano pasado, según la cual es obligatoria para pasear por la orilla pero no para estar en la sombrilla en grupos que no superen las 6 personas.

Otro de los aspectos que se modificó en la redacción de la ley respecto al texto anterior es que en cubiertas y espacios exteriores de los buques y embarcaciones la mascarilla pasa a ser obligatoria.

No cambiaba, sin embargo, su imposición de uso en medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o ferrocarril, así como en otros públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas -incluido el conductor- si los ocupantes no son convivientes.

Quedan excluidas las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible "en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00