Consejos para presentar la Renta si has estado en un ERTE o percibes el IMV
Este miércoles se abre el plazo para la presentación de la Declaración de la Renta 2020 que es obligatoria para cientos de trabajadores cordobeses que el año pasado tuvieron dos pagadores
Córdoba
Este miércoles, 7 de abril, comienza la campaña de la Renta 2020, en primer lugar, a través de internet, y a partir del 2 de junio, de forma presencial en las oficinas de Hacienda.
Una declaración de la Renta especial, sobre todo para aquellos trabajadores que el año pasado estuvieron bajo el amparo de un ERTE (más de 40.000 en la provincia de Córdoba) o que lo están todavía, y también para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
En Hoy por Hoy Córdoba hemos repasado las peculiaridades que afectan a estos dos colectivos de trabajadores con la ayuda de la profesora de Derecho Tributario y Financiero de la Universidad Loyola, María Bertrán.
Bertrán ha comenzado recordado que con carácter general, los contribuyentes tienen que presentar declaración por IRPF "cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros". Ahora bien, "cuando cuentan con dos o más pagadores -su empresa y el SEPE-, ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo pagador supera los 1.500 euros anuales".
Qué hacer si el SEPE pagó de más
Sin embargo, el propio SEPE ha reconocido que cometió errores en el cálculo de cientos de prestaciones, que recibieron más cuantía de las que les correspondía. El problema es que "en muchos casos el contribuyente todavía desconoce el dato correcto", por lo que la recomendación de nuestra invitada es "esperar hasta los últimos días de plazo (25 de junio) para dar tiempo al SEPE a hacerle llegar la información correcta".
Novedad: pagar a plazos
Como novedad este año y para paliar el efecto "que no me esperaba que esto fuera a ocurrir", al que se enfrenta muchos de los trabajadores que han estado en un ERTE y que ahora tienen que ajustar cuentas con Hacienda, el Gobierno ha anunciado que permitirá hacer efectivo este pago en seis plazos, "de julio a diciembre de 2021" ha explicado Bertrán.
Los beneficiarios del IMV, obligados a presentar Renta
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta "aunque si se trata de la única ayuda percibida están exentos de tributación", explica Bertrán. Sin embargo, "los beneficiados del IMV que además perciban otro tipo de ayuda social, ya sea municipal o autonómica, y que sumándolas superen los 11.279 euros al año tendrán que pagar por aquella cantidad que exceda de esa cifra" ha aclarado la profesora de la Loyola.
Escucha aquí la entrevista completa a la profesora María Bertrán en el programa Hoy por Hoy Córdoba
Consejos para presentar la Renta si has estado en un ERTE o percibes el IMV
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