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Coronavirus Covid-19

Los padres de los dos hermanos que no van a clase por temor al COVID-19 se enfrentan a once meses de prisión

"La distancia social impuesta genera sentimientos de desconfianza ante los demás", argumentaron los acusados

Desinfección de un aula en un colegio asturiano. / Europa Press

Asturias

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita once meses de cárcel para cada uno de los padres de los dos hermanos del occidente asturiano que no van a clase desde el inicio del curso por temores relacionados con el corronavirus. El escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía ya ha sido presentado en el juzgado correspondiente.

El Ministerio Fiscal sostiene que desde el inicio del curso 2020/2021 hasta la fecha, los acusados, como padres de dos de 14 y 11 años, sin existir causa justificada, no procuraron su asistencia a los centros educativos donde cursan, respectivamente, 2º de la ESO y 5º de Primaria, para recibir la educación presencial reglada. El mayor acudió, en una ocasión, a hacer un examen.

Pese a sucesivos requerimientos desde los centros escolares informándoles de las consecuencias del persistente absentismo, con activación del correspondiente protocolo según indicaciones de la Consejería de Educación, los padres se mantuvieron en su postura alegando motivos incoherentes, como que "las limitaciones al contacto y movimiento impuestas por las medidas sanitarias derivadas de la pandemia impiden un desarrollo motriz y neurológico necesario para el despliegue de las capacidades cognitivas vitales para el aprendizaje".

También apuntaban que "la distancia social impuesta genera sentimientos de desconfianza ante los demás, desvitaliza las relaciones, dificulta la empatía y el desarrollo de las habilidades sociales, tales como la generosidad, el altruismo, la cooperación y la ayuda al prójimo, entre otras". Además los padres consideran que "la visión continuada de personas y compañeros con mascarillas, a las que no se les puede ver la expresión de gestos y emociones, fundamentales para una correcta comunicación verbal y no verbal, obstaculiza la misma entre compañeros y profesorado, impide una comunicación fluida, modula defectuosamente la vocalización (timbre) impidiendo la adecuada comprensión del lenguaje y, contrariamente a uno de los pilares fundamentales que se pretenden con la escolarización, potencia la individualidad frente a la colectividad".

Los acusados inscribieron a sus hijos en una escuela a distancia, americana, a pesar de saber que no está homologada en España, y por lo tanto sin ningún reconocimiento, y conociendo la obligación ineludible de escolarizar a sus hijos en un centro normalizado para procurarles una formación integral. Incumplieron, de esta forma y de manera grave, los deberes inherentes a la patria potestad.

El 14 de diciembre de 2020 fueron requeridos por la Sección de Menores de la Fiscalía para que cumpliesen con la obligación de garantizar la escolaridad de sus hijos, recordándoles nuevamente que en España no está permitida legalmente la escolarización domiciliaria e informándoles de que el incumplimiento grave de esa obligación podría ser constitutiva de un delito de abandono de familia, así como de otro de desobediencia grave en caso de desoír el mandato de reincorporar a los niños a sus centros escolares para continuar con su formación.

A fecha del escrito de acusación de la Fiscalía, los acusados no habían modificado su posicionamiento. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de abandono de familia y de un delito de desobediencia grave y solicita que se condene a cada uno de los acusados a 4 meses de prisión por el primero de los delitos y otros siete meses por el segundo.

 
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