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Un Juzgado de Pontevedra no admite a trámite la denuncia de la APDR contra el presidente de Ence

Archivo - Imagen de la fábrica de Ence Celulosa en Pontevedra. / EUROPA PRESS - Archivo (EUROPA PRESS)

Archivo - Imagen de la fábrica de Ence Celulosa en Pontevedra.

Pontevedra

El Juzgado de Instrucción número 2 de Pontevedra ha inadmitido a trámite la denuncia interpuesta por la Asociación pola Defensa da Ría contra el presidente de Ence a raíz de hacerse pública una grabación en la que, ante personal de la empresa, el empresario afirmaba que la caldera de recuperación de la central es inestable sin descartar un posible incidente.

El fallo judicial sostiene que “en ningún caso” cabe pretender que las manifestaciones de Colmenares supongan “ninguna amenaza en sentido penal contra ninguna persona ni institución”.

Según el juez, suponen, en todo caso, “la definición de la posición de la empresa en un debate público al que tiene tanto derecho como tiene la asociación denunciante para defender la posición contraria”.

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pontevedra subraya además que la mala conservación de la maquinaria en este tipo de instalaciones podría suponer “la comisión de infracciones administrativas, pero no la comisión de delitos”.

Y además, el Juez señala que el proceso penal, contra el que cabe presentar recurso, “no es el instrumento adecuado para reaccionar ante sospechas de posibles infracciones de la normativa administrativa”, por lo que concluye que “no procede abrir diligencias previas para verificar los extremos indicados en la denuncia en los términos en que se presentó”. Según la resolución, los hechos denunciados “se ciñen a que se produjeron unas manifestaciones en un contexto concreto y, así definidos, no indican la comisión de delito”.

Finalmente, el juez especifica en el auto que, si a partir de las sospechas generadas por esas declaraciones, la denunciante o el Ministerio Fiscal verifican que existen otros hechos diferentes a esas manifestaciones, “habrá que valorar en que se concretan para decidir si procede la apertura de un proceso penitenciario”, pero esa eventual decisión sería acordada en otro procedimiento.

 
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