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Acuerdo de fiscalidad entre España y Reino Unido sobre Gibraltar

Gibraltar abandona la lista de paraisos fiscales

Acuerdo de fiscalidad entre España y Reino Unido sobre Gibraltar

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09:55

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Algeciras

Este pasado sábado día 13 de Marzo, se publicaba en el BOE, el acuerdo en materia de fiscalidad entre España y Reino Unido sobre Gibraltar, que el 04 de Marzo de hace dos años (2019), firmaron Josep Borrell como Ministro entonces de Asuntos Exteriores de España y David Lidington como Ministro de la Presidencia por parte del Reino Unido.

Para ayudarnos a entender su trascendencia e importancia para las relaciones bilaterales Gibraltar – Campo de Gibraltar, nos acompaña hoy, como en otras tantas ocasiones ha estado con nosotros, el Economista y profesor de la Universidad de Cádiz de Derecho Financiero y Tributario, Pedro Medina Lamadrid.

Sobre este acuerdo Medina Lamadrid ha explicado que " por fin, va a salir Gibraltar de la lista de paraísos fiscales y que el intercambio de información con España, no sólo va a ser total, sino que además Gibraltar se compromete con España, en colaborar activamente en otras actividades, como la recaudación de toda clase de tributos, incluso locales y de sanciones, incluyendo la de tomar medidas cautelares para su cobro, entrega y traslado de documentos y acceso directo y gratuito al Registro Mercantil y de la Propiedad en Gibraltar. Tanto para personas físicas como para sociedades, además de para fideicomitentes, fideicomisarios, beneficiarios o protectores, ya estén situados en Gibraltar como en España. Y con ello, espero que nuestras relaciones con Gibraltar y lo que se refiere a la AEAT Española, así como nuestras relaciones comerciales, dejen de ser vistas de forma "rara", normalizándose la situación de nuestras empresas y trabajadores que trabajan con y en Gibraltar".

Sore las relaciones comerciales con Gibraltar y el brexit el profesor comentaba que "nuestras ventas a Gibraltar, al ser ya un territorio fuera de al Unión Europea, tendrán la consideración de Exportaciones, antes eran entregas Intracomunitarias, ahora están sujetas a todas las normas aduaneras y de controles sanitarios, como igual ocurre con los países terceros no comunitarios. Lo que quiere decir, es que las operaciones con y desde Gibraltar van a dejar de verse como algo, no natural y de evasión de impuestos, van a ser operaciones como las que se tiene con países cercanos como Marruecos por ejemplo. Y que hasta ahora cualquier operación con Gibraltar, hacia saltar las alarmas en la AEAT Española, ahora no debe ser así, espero".

Otro de los aspectos importantes de este acuerdo es conocer como va a afectar a los ciudadanos gibraltareños que residen a este lado de la verja. "Nuestra Constitución Española, al igual que el resto de Constituciones de los demás países civilizados del Mundo, nos obliga a todos, a contribuir al sostenimiento de los gastos públicos, así nuestro artículo 31, nos dice que todos contribuiremos, de acuerdo con un sistema tributario, basado en la igualdad y progresividad. Y cuando dice "todos" , no habla de nacionalidades, da igual que se sea un Español, Inglés, Francés, Italiano, Alemán o Marroquí. El criterio que se sigue a nivel mundial, es el de residencia en el País, es decir ¿dónde se tiene el domicilio familiar?, para que nos entendamos dónde vivimos el día a día. Y este apartado, por fin, ha quedado muy claro en este acuerdo, así dice textualmente y le leo, " Las personas físicas se considerarán residentes fiscales de España o de Gibraltar de conformidad con su legislación interna, incluidas las normas relativas a la expedición de certificados fiscales, sigue diciendo más adelante, se considerarán residentes fiscales exclusivamente en España, ..., si la única vivienda permanente a su disposición, no dice incluso que se habite, se encuentra en España, o si su cónyuge, ascendientes o descendientes dependientes, tienen su residencia en España".

¿Qué quiere decir esto?, "que para ser residente en Gibraltar, teniendo una vivienda en España, hay que tener otra en Gibraltar y poder demostrar que se habita esa vivienda en Gibraltar, que la de España es meramente vacacional. Además de no tener los hijos viviendo y estudiando en España con domicilio en España, que el cónyuge no viva en España, etc, es decir, que no se va únicamente a trabajar a Gibraltar, aunque sea a un organismo público gibraltareño".

Medina Lamadrid ha aclarado la situación de los trabajadores transfronterizos. "Pues exactamente igual, si pueden demostrar que viven en Gibraltar con casa propiedad en Gibraltar y que la familia la tienen allí, pues serán residentes en Gibraltar y no tributarán en España, caso contrario tributarán en España. Además la tributación en España y en el resto de países, es por todas sus rentas mundiales, ya se obtengan en Gibraltar, en Luxemburgo, Italia, Francia o dónde sea".

El profesor Medina Lamadrid ha querido señalar especialmente una novedad del acuerdo "a mi modo de ver recurrible ante el constitucional en razón del principio de Reserva de Ley y es que modifica el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al decir que: "los nacionales españoles que a partir del 04/03/2021 trasladen su residencia a Gibraltar, se considerarán residentes fiscales exclusivamente de España", no se pierde la residencia fiscal y "los nacionales no españoles, seguirán siendo residentes el año del cambio y cuatro más", esto atenta contra el principio de Reserva de Ley pues modifica el artículo 8.2 de la LIRPF, por lo que si alguien lo recurre, lo anularán, ya sea el constitucional o el TJUE.

Además ha añadido que "de todo lo anterior, tanto España como el Reino Unido, han amoldado un nuevo término, el de Gibraltareño Registrado, que es toda aquella persona física que siendo gibraltareño ha residido en Gibraltar durante más de diez años".

Juan Manuel Dicenta

Juan Manuel Dicenta

En la radio desde el año 1981, comenzó en los 40 Principales de la FM de Radio Algeciras, Puso en marcha...

 
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