Revés a la hostelería asturiana: la Justicia rechaza el recurso de la patronal contra el cierre del sector
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias entiende que las resoluciones de Salud están "debidamente motivadas"
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Protesta de una de las plataformas del sector de la hostelería en Gijón. / SER Gijón
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Asturias
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha denegado la medida cautelar solicita por la patronal hostelera Otea para la suspensión inmediata de las resoluciones aprobadas por el Gobierno del Principado que decretan el cierre de la hostelería. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal asturiano ya denegó el pasado 15 de febrero la medida cautelarísima -que hubiese supuesto la suspensión inmediata- con objeto de escuchar previamente al Principado.
El auto considera que los informes del letrado autonómico "reflejan el fundamento científico de la incidencia de la hostelería y restauración en la propagación del virus, bien como origen, bien como multiplicador de la cadena de contagios, hasta el punto de considerar el cierre de estos locales como una de las medidas más efectivas para la contención de la enfermedad".
El TSJA incide además en que no hay duda de que "la ponderación de los intereses económicos y empresariales, legítimamente invocados por la asociación recurrente, no puede dejar de tener en cuenta los riesgos para las vidas de los ciudadanos que supone esta pandemia". Para los magistrados, "no cabe negar la existencia de razones fundadas por las que, a pesar de la indudable importancia de la hostelería en la economía española, las restricciones sobre su actividad sea un pilar importante en las intervenciones de la mayoría de los gobiernos de las diferentes comunidades autónomas".
Otea dio el paso de recurrir las resoluciones del Principado después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco aceptara la medida cautelar solicitada por las asociaciones hosteleras vascas para la reapertura de la actividad. En concreto, la patronal asturiana recurrió las resoluciones de la Consejería de Salud del 18 de enero, que decretaba el cierre del interior de los bares para los concejos en riesgo extremo (4+), y del 1 de febrero, que ordenaba el cese total de la actividad hostelera como medida de refuerzo en determinados concejos en los que la incidencia de la pandemia fuese especialmente grave.
El cierre del interior de los bares ha afectado a en las últimas semanas a Avilés, Castrillón, Corvera, Oviedo, Cangas del Narcea, Llanes, Gozón, Noreña, Gijón, Mieres, San Martín del Rey Aurelio, Lena, Aller, Grado, Salas, Valdés y Piloña, que suman más del 80% de la población de la comunidad autónoma. Además, el nivel de riesgo extremo 4+ reforzado, que lleva aparejado el cierre total de la hostelería, ha afectado a Avilés, Castrillón, Corvera. Lena y Aller.
Otea había alegado que ninguno de los 39 brotes activos reportados a 13 de enero, cinco días antes de la primera resolución, provenía del ámbito de la hostelería o de la restauración, según datos de la propia Consejería, mientras que nueve, con 324 casos, tenían su origen en el ámbito social. Sin embargo, el TSJA entiende que las resoluciones de Salud están "debidamente motivadas" y que "se aprecia la proporcionalidad de las medidas en relación con su territorialización y con la evolución de la situación epidemiológica". Además, incide en que estas restricciones se adoptan "en el marco de una política sanitaria que ofrece un amplio margen de discrecionalidad a la administración para tomar aquellas medidas que considere convenientes".