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Declarado nulo el despido de un trabajador tras comunicar su próxima paternidad a la empresa

El Juzgado de lo Social Nº 1 de Santander ordena su readmisión y el abono de los salarios dejados de percibir

Sentencia declara nulida despido de un hombre que anunció su paternidad (04/02/2021)

Sentencia declara nulida despido de un hombre que anunció su paternidad (04/02/2021)

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Santander

El Juzgado de lo Social Nº 1 de Santander ha declarado nulo el despido de un trabajador que se produjo a raíz de que comunicara a la empresa su próxima paternidad y su intención de conciliar la vida laboral y familiar. En Hoy por Hoy Cantabria, el abogado del demandante, Iván Gutiérrez, ha destadado que no es habitual que se produzcan este tipo de despidos en hombres y mucho menos antes de haberse producido el disfrute del permiso de paternidad, "estamos ante un despido preventivo que se produce con anterioridad incluso a la solicitud del permito de paternidad".

Según la setentencia se produce una "vulneración del derecho constitucional de igualdad, discriminando al actor ante el mero anuncio de una situación que dará lugar a sus derechos de paternidad (que finalmente ha solicitado disfrutar) y del principio de indemnidad y derecho fundamental de tutela judicial efectiva, por cuanto la reacción de la empresa es consecuencia del anuncio de su intención de conciliar la vida familiar y de la reclamación de que los servicios que preste en la sustitución encomendada, se le abonen como horas extraordinarias."

La sentencia condena a la empresa -Ralset Seguridad SL, perteneciente al Grupo Pitma- a la inmediata readmisión del demandante en su puesto de trabajo en idénticas condiciones laborales a las que tenía antes del despido y a que le abonen los salarios dejados de percibir desde el día siguiente al despido hasta el momento de su efectiva readmisión.

El demandante, operario de seguridad con contrato indefinido, estába librando unos días y la empresa le requirió para cubrir unos días de trabajo. En ese momento, el hombre  comunicó que en dos meses sería padre, que revisaría los trabajos y que conciliaría la vida laboral y familiar con el teletrabajo. La compañía accedió, aunque a los pocos días el trabajador recibió una carta de despido en la que se alegaba "una baja de rendimiento".

En la sentencia se considera que la empresa no acredita la existencia de una disminución reiterada y voluntaria del rendimiento del trabajador y se oculta el verdadero motivo del despido: su próxima paternidad.

 
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