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Condenan por abusos a un hombre que violaba a su hijastra con discapacidad psíquica

La Sala dice que no ejercía sobre ella la violencia necesaria para castigarlo por agresión sexual y solo lo condena a 9 años de cárcel

Imagen de la fachada de la Audiencia de Sevilla / Cadena SER

Imagen de la fachada de la Audiencia de Sevilla

Sevilla

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a nueve años de cárcel a un hombre que abusó de su hijastra, quien sufre una discapacidad psíquica, y además de transmitirle el virus del papiloma la dejó embarazada, si bien la joven abortó porque el feto presentaba malformaciones.

En una sentencia fechada el 30 de noviembre, la Sección Cuarta de la Audiencia sevillana considera probado que J. A. F. cometió un delito de abusos sexuales continuados, le impone seis años de libertad vigilada y le prohíbe acercarse a menos de 300 metros o comunicarse con su hijastra durante diecisiete años.

La pena es inferior a las solicitadas por la Fiscalía y la familia de la víctima, que pedían catorce y quince años de prisión, respectivamente, por un delito continuado de agresión sexual.

El tribunal, aun tildando la conducta del padrastro de "repulsiva", califica los hechos como abuso y no como agresión porque "no ha quedado acreditado" que "utilizase violencia o intimidación" para alcanzar sus "abominables objetivos".

La joven manifestó que el acusado "se portaba bien con ella" y que "nunca le pegó", a lo que la Sala añade que la fuerza que empleó en su actividad sexual "no rebasa los límites de la imprescindible" para consumar el acto, por lo que "no llega a integrar la violencia necesaria" para el delito de violación.

En cambio, la Sección Cuarta impone la indemnización más alta, reclamada por la acusación particular, de modo que J. A. F. deberá pagar 30.000 euros a su hijastra por daños morales.

En la sentencia, facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sala relata que la víctima, de 31 años en el momento de los hechos, estaba incapacitada judicialmente desde 2012 porque cinco años y medio antes había sufrido un accidente de tráfico del que salió con un severo traumatismo craneoencefálico.

Como consecuencia de esa lesión, la joven padece un "trastorno orgánico de la personalidad con alteraciones de conducta" y un 84 % de minusvalía psíquica reconocida.

Entre octubre del 2016 y marzo del 2017, J. A. F. se valió de esa "minusvalía psíquica" y de que su hijastra lo veía como una "figura paterna" para mantener "numerosas" relaciones sexuales con ella cuando estaban a solas en la planta superior de la vivienda, al aprovechar también que su esposa tenía la movilidad muy reducida.

El acusado contaba a la víctima "que le iba a dar tabaco y dinero si lo hacía con él", la "echaba sobre un colchón" y consumaba el acto sin que la joven, debido a su problema mental, "acertara a negarse ni a oponer resistencia".

Después le advertía "que no contara nada de lo sucedido porque, si no, la ingresarían en un centro y no podría ver más a su madre". Como consecuencia de los abusos, la mujer sufrió una fisura en una zona íntima y se quedó embarazada, pero abortó en abril del 2017.

Además, su padrastro le transmitió el virus del papiloma humano, por lo que también debió ser operada, prosigue la sentencia, que añade que todo lo ocurrido ha empeorado su salud mental.

 

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