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Vitoria anulará las multas por servir solo café

El Ayuntamiento asume el criterio del Gobierno vasco tras corregir la prohibición a los hosteleros

El Gobierno vasco podría suprimir las multas interpuestas por vender solo café

El Gobierno vasco podría suprimir las multas interpuestas por vender solo café

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Vitoria

La concejala de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Vitoria, Marián Gutiérrez, ha anunciado que "lo más probable es que se proceda a la anulación de todas las sanciones que se han puesto por vender café cuando no estaba autorizado”.

Tras la queja de los hosteleros, el Gobierno vasco rectificó el martes, permitiendo que bares y restaurantes puedan vender café y otras bebidas no alcohólicas sin necesidad de realizar un pedido. Modificar esta medida supone equiparar la situación en los bares con la de las pastelerías y reposterías que sí tenían permiso para ofrecer sólo cafés para llevar.

Esta situación ha llevado al Gobierno vasco a anunciar que eliminará las sanciones impuestas, siguiendo el nuevo criterio.

Gutiérrez ha actualizado este miércoles los datos acerca de las multas a los ciudadanos por incumplir el estado de alarma. En 23 días del 23 de octubre al 15 de noviembre, la policía local ha sancionado a 392 personas.

Por un lado, por circular en el horario nocturno han sido penalizadas 63 personas, mientras que por no limitar los grupos máximos de 6 personas, han sido sancionados 13 ciudadanos.

Por otro lado, por no respetar el uso obligatorio de la mascarilla, la Policía Local ha multado a 279 personas: 260 por no llevarla, 12 por hacer un uso inadecuado de ella y 7 a propietarios de establecimientos porque sus clientes no llevaban mascarilla.

Otras denuncias impuestas en estos días han sido por no mantener la distancia interpersonal física de 1,5 metros en hostelería, restauración y actividades físicas (10); por fumar en espacios públicos sin mantener la distancia (4); por incumplimiento en el límite de aforo (7), por el incumplimiento de horarios en locales (9); y casos no recogidos, 7.

 
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