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Confirmada la condena al Ayuntamiento de Santibáñez de la Peña

El máximo tribunal de la Comunidad da la razón a la entidad menor de Las Heras de la Peña en un contencioso con el consistorio

Ayuntamiento de Santibáñez de la Peña (Palencia) / santibanezdelapena.es

Ayuntamiento de Santibáñez de la Peña (Palencia)

Santibáñez de la Peña

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la Sentencia de 1º instancia del Juzgado de lo Contencioso de Palencia, a favor de la pedanía de Las Heras de la Peña, frente al ayuntamiento al que pertenece, Santibáñez de la Peña, declarando no ajustado a derecho la pretensión de dicho Ayuntamiento de cobrar de más unas obras a cargo de los planes provinciales.

El procedimiento, que ha sido defendido por el abogado palentino Cesar de los Bueis, se remonta al año 2017 cuando la pedanía solicitó a su Ayuntamiento de Santibañez de la peña que por operarios municipales se reparara una travesía de acceso a las Heras de la Peña en mal estado. No obstante sin contestar a esa petición, realizó dos obras de reforma integral a través de los planes provinciales de la Diputación, (cuya cantidad es abonada en distintos porcentajes entre el Ayuntamiento y la Diputación), exigiendo más tarde el pago de 4.050 euros a la Pedanía, sin mediar convenio de ningún tipo.

Por esta se intentó la anulación de estas reclamaciones en vía administrativa, incluso solicitando un informe al Procurador del Común de Castilla y León, que en marzo de 2018 daba la razón a la Entidad menor por la falta de la legalidad del intento de cobro de su Ayuntamiento; y finalmente, en vía judicial.

Las sentencias tanto en primera instancia, como en el TSJCyL, han dictaminado que el Ayuntamiento de Santibáñez de la Peña carecía de título legal (de cualquier norma o reglamento habilitante) para requerir a la Entidad Local Menor de las Heras de la Peña, dependiente de ella, para el abono de la mitad de la cuantía a que habían ascendido unas obras que estaba obligado legalmente a afrontar dicho Ayuntamiento.

Afirma también que no puede repercutir sobre las pedanías la mitad del importe de las obras ejecutadas por cuenta del Consistorio municipal, con financiación de la Diputación Provincial de Palencia, en las entidades locales menores. Y además por ese evidente que desde un principio la entidad local menor no pretendía unos trabajos tan costosos como los proyectados por el consistorio municipal, sencillamente por falta de liquidez.

El alcalde pedáneo de la Entidad de las Heras, D. Santiago Román, ha manifestado su satisfacción por la sentencia, que abre la puerta a que esta y otras Entidades menores puedan evitar en el futuro el pago de cantidades por obras que no les corresponden competencialmente, e incluso solicitar la devolución de otras ya abonadas.

Además lamenta la falta de lealtad institucional que manifiesta su Ayuntamiento frente a la Pedanía en los últimos años (obligación que está recogida en la Ley de Régimen del Sector público), denunciando continuas trabas burocráticas para conocer los acuerdos y documentos administrativos del municipio, los convenios firmados, una falta de inversión crónica en infraestructuras y actuaciones, y en definitiva, no contar para con sus vecinos pedáneos para el desarrollo de la localidad.

Esta sentencia, que impone las costas al consistorio de Santibañez de la Peña, no es firme, y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

 
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