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El Procurador del Común recomienda a la Junta que instaure la jornada continua en los centros docentes

Fachada del Colegio Claret / Radio Segovia

Fachada del Colegio Claret

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El Procurador del Común considera que, al margen de evidencias científicas, la jornada continua puede contribuir a reducir el riesgo de contagio en los centros docentes. En septiembre más de 400 padres y madres del colegio Claret solicitaron que se implantara la jornada continua mientras no haya una solución a la pandemia. La dirección del centro desestimó la petición.

El Procurador del Común ha recibido numerosas quejas, a través de las cuales se demandaba que, en aquellos centros educativos que tenían implantada la jornada partida, se estableciera la jornada continua, ya fuera a través de la prórroga del horario de septiembre durante todo el primer cuatrimestre del curso escolar, ya fuera estableciendo la jornada continua, de forma excepcional, durante todo el curso escolar, a la espera de que la crisis sanitaria finalizara.

La Consejería de Educación ha expresado que no existe una evidencia científica que permita considerar desde el punto de vista sanitario que la jornada continua sea más beneficiosa que la jornada partida; si bien, a juicio de la Procuraduría, la cuestión debe formularse en los términos que sean más favorables para la prevención.

El Procurador entiende que, al margen de evidencias científicas, hay un dato objetivo, como es que la jornada continua disminuye significativamente las entradas y salidas masivas de la población de alumnos a los centros educativos, con lo que ello supone de reducción de las aglomeraciones de familiares para llevar y recoger a los alumnos; también en cuanto a la disminución del tiempo de permanencia del alumnado, del profesorado y del resto de personal en los centros docentes; así como a la disminución de la demanda de los servicios de comedor y transporte escolar que implican compartir los espacios comunes destinados a los mismos.

Por todo ello, desde la Defensoría se ha vuelto a hacer hincapié en que, dado que la jornada escolar continua limita las ocasiones en las que se facilita la transmisión vírica, esta limitación habría de haber sido valorada a la hora de establecer las medidas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, disponiendo la Administración educativa a tal efecto de una clara habilitación para implantar, con carácter general o parcial para los centros educativos de la Comunidad, la jornada escolar continua, con carácter excepcional, y en tanto la evolución de la crisis sanitaria lo aconsejara.

Por otro lado, la Administración educativa debió haber dado a conocer los criterios por los que, al margen del procedimiento establecido con carácter ordinario para proceder al cambio de la jornada escolar, se podría haber solicitado la autorización para la implantación excepcional de la jornada continua, ante la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, puesto que, por dicha vía, fue autorizado el establecimiento de la jornada escolar continua, de forma excepcional durante el curso 2020/2021, a seis centros educativos que lo habían solicitado antes del inicio del mes de octubre de 2020, tras constatarse el acuerdo de las partes afectadas para que operara el cambio organizativo en el centro. Es más, en tanto que desde la procuraduría se considera que lajornada escolar continua disminuye las circunstancias que favorecen la transmisión vírica, en el marco de las medidas a adoptar frente a la pandemia ocasionada por la COVID-19, la Administración educativa debería valorar la implantación generalizada de dicho régimen para los centros educativos de Castilla y León a la vista de las circunstancias actuales.

 
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