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Aprobada la limitación a 30 km/h de la velocidad máxima en Albacete

La modificación de la Ordenanza de Circulación también regula el uso de patinetes eléctricos cuyos usuarios tendrán que llevar casco y no podrán circular por aceras

Calle con velocidad limitada en Albacete / Ayuntamiento de Albacete

Calle con velocidad limitada en Albacete

Albacete

El Pleno del Ayuntamiento de Albacete ha aprobado por unanimidad el proyecto de modificación de la Ordenanza de Circulación, que limita la velocidad máxima de circulación en el casco urbano a 30 km/h y que regula el uso de los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos.

La medida se someterá ahora a información pública para que se presenten alegaciones, quien lo considere. Después se estudiarán estas propuestas, se resolverán y el texto volverá volverá al Pleno para ser aprobado de forma definitiva, según fuentes municipales.

La Ordenanza establece que en los accesos a la ciudad sin señalización se pasará de un límite de velocidad máxima de 80 km/h a 60 km/h; en las vías de dos carriles en cada sentido, con semáforos y pasos de peatones, tales como la circunvalación y las comprendidas en polígonos industriales, se cambia este límite de 50 km/h a 40 Km/h; en el resto de calles no señalizadas con una velocidad menor, la velocidad máxima de circulación se reduce de 40 Km/h a 30 km/h; y la circulación por las denominadas ‘aceras-bici’ se limita a 10 km/h.

El concejal de Movilidad, José González, ha recordado que ya existía una limitación de velocidad máxima en 40 km/h, aunque en los últimos años, se han reducido los límites a 30 km/h en rutas ciclistas, vías con reductores de velocidad, en zonas residenciales o vías con rasante única o de prioridad peatonal. Y a 20 en algunas calles remodeladas recientemente.

La modificación de la Ordenanza de Circulación también regula que los vehículos de movilidad personal no podrán circular por aceras o zonas peatonales y sí por calzadas o carriles bici, cumpliendo con los límites de velocidad, que nunca podrá rebasar los 25 km/h.  La edad mínima queda establecida en 15 años, no se podrá hacer uso de dispositivos de telefonía móvil durante su conducción, sus usuarios deberán cumplir con la normativa de tasas de alcohol y drogas, contar con el alumbrado pertinente y será obligatorio el uso del casco. Además, la persona que se desplace a través de este medio portará la documentación del vehículo, ya sea en papel o de forma digital.

La modificación de la Ordenanza municipal de Circulación también incluye las sanciones por las infracciones en el uso del patiene eléctrico, con multas de 200 euros por circular por la acera o no llevar casco y 500 euros si el usuario tiene menos de 15 años.

 
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