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Un juzgado de Palma dictamina que los pasajeros pueden reclamar a las aerolíneas a través de terceros

El juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma declara nula una claúsula de Air Europa que señala que los derechos del viajero no son transmisibles

Un avión de Air Europa en la terminal 4 del Aeropuerto de Madrid-Barajas Adolfo Suárez / Oscar J. Barroso / Europa Press - Archivo

Palma

Un juzgado de Palma ha dictaminado que los pasajeros afectados por retrasos, cancelaciones de vuelos o pérdidas de equipaje pueden ejercer su derecho a reclamar una compensación a las aerolíneas a través de terceros sin necesidad de que se personen de forma directa.

El dictamen tira por tierra una cláusula abusiva de la compañía aérea AirEuropa, la número 15 de sus condiciones generales que señala que los derechos del viajero no eran transmisibles. De esta manera, se prohíbe que una persona afectada por un retraso o pérdida de vuelo pueda ceder a terceros la reclamación. Una situación que afectaba directamente a Reclamador que demandó a la compañía y los jueces le han dado la razón.

Esta cláusula de Air Europa es nula de pleno derecho, no ya por su carácter abusivo, sino por carecer de causa lícita. Señala Almudena Velázquez abogada del portal que es una sentencia muy importante que abre la puerta a la eliminación de la cláusula.

Por cierto que Reclamador.es también ha recibido una gran cantidad de quejas por el incremento injustificado en los precios de los vuelos y transporte marítimo tras el fin del estado de alarma. Una práctica que señala Vázquez, no invita a viajar a pesar de los llamamientos del ejecutivo central.

En 2019, desde Reclamador.es gestionaron unas 3.000 reclamaciones por retraso, cancelación, overbooking o problemas de equipaje frente a la aerolínea.

 
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