'Bon dia', el tuit viral de los gobiernos valenciano, catalán y balear en respuesta a la sentencia del Supremo
Es una reacción a la sentencia del Tribunal Supremo que anula parcialmente un decreto valenciano y que no permite la comunicación entre administraciones en su lengua cooficial
![](https://cadenaser.com/resizer/v2/XJCAOEUNHBNGVJFCR2WH6RY2HE.jpg?auth=bc9332b4b4201f10c91f1789839ee4bb02837d7e40dd1d35b461413d3bc8bbb5&quality=70&width=650&height=365&smart=true)
Tuit de la Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana y la respuesta de la Conselleria de Cultura de la Generalitat de Catalunya / Twitter
![Tuit de la Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana y la respuesta de la Conselleria de Cultura de la Generalitat de Catalunya](https://cadenaser.com/resizer/v2/XJCAOEUNHBNGVJFCR2WH6RY2HE.jpg?auth=bc9332b4b4201f10c91f1789839ee4bb02837d7e40dd1d35b461413d3bc8bbb5)
Valencia
En la manaña de este miércoles la Conselleria de Educación y Cultura de la Generalitat Valenciana daba los buenos días en sus redes sociales con un "Bon dia". A este sencillo tuit se le han unido las consellerias homólogas en la Generalitat de Catalunya y el Govern Balear. Un gesto al que se han ido sumando administraciones, asociaciones y usuarios en general hasta llegar a miles de respuestas, retuits y "me gusta".
Es una respuesta de los gobiernos valenciano, catalán y balear mostrando su disconformidad con la sentencia del Tribunal Supremo que anula parcialmente un decreto sobre el uso del valenciano en las administraciones. Esto supone que no es adminible la comunicación entre ellas usando su lengua cooficial a pesar de que en el caso de la Comunitat Valenciana, Catalunya y Baleares puedan entenderse.
El Tribunal Supremo argumenta que la regulación del uso de la lengua en el procedimiento administrativo común y en documentos elaborados en una lengua cooficial en el ámbito de una comunidad que deben surtir efectos fuera de este ámbito territorial "está atribuida de forma exclusiva al Estado, según la distribución de competencias que establece el art. 149.1.18 de la CE".