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TSJ Aragón

Declarado nulo el juicio del 'crimen de los tirantes' por falta de motivación del veredicto

El juicio se tendrá que repetir en la Audiencia Provincial de Zaragoza ante un nuevo jurado

Rodrigo Lanza, durante la lectura del veredicto en la Audiencia Provincial de Zaragoza / Europa Press (Fabián Simón)

Zaragoza

Los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón han declarado nulo el juicio del caso denominado “Crimen de los tirantes” por falta de motivación del veredicto del jurado. La causa será devuelta a la Audiencia Provincial de Zaragoza y tendrá que celebrarse de nuevo el juicio con un nuevo jurado.

El juicio se celebró en la Audiencia Provincial de Zaragoza el pasado mes de noviembre de 2019. El veredicto consideró a Rodrigo Lanza culpable de un delito de lesiones con imprudencia y resultado de muerte de Víctor Laínez, que llevaba unos tirantes con la bandera de España. El jurado popular descartó el asesinato por odio. Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 8 de diciembre de 2017, en el bar 'Tocadiscos' de Zaragoza. Las acusaciones habían pedido repetir el juicio. La Fiscalía argumentó precisamente que el jurado popular no había argumentado sus decisiones.

La sentencia, de la Audiencia Provincial de Zaragoza, dictada el 26 de noviembre de 2019, recoge 5 años de prisión y aplica la agravante de motivos ideológicos, a pesar de que no quedó probado que el amigo del condenado le dijera que la víctima llevaba habitualmente tirantes con la bandera de España. Aplicó la agravante de alevosía y el atenuante de arrebato leve.

Rodrigo Lanza lleva casi dos años y medio en prisión, los cumplía en junio, por la muerte de Víctor Laínez. Ahora tendrá que volver a sentarse en el banquillo de los acusados.

Y es que ahora, según la sentencia del TSJA, la falta de motivación en el veredicto supone "una vulneración del derecho fundamental de la tutela judicial efectiva" y declara nulo este juicio, el veredicto y la resolución de la Audiencia Provincial de Zaragoza. Recuerda la sentencia del TSJA que el veredicto - tal y como se recoge en la Ley del Tribunal de Jurado - tiene que "recoger una explicación de las razones por las que han declarado o rechazado declarar determinados hechos como probados”.

Contra esta sentencia, dictada por los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Aragón, no cabe recurso y declara nula la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza. El juicio se tendrá que repetir.

 
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