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Condenados 12 acusados a los que se les incautaron ocho kilos de cocaína

A las penas de cárcel se suman multas económicas que alcanzan hasta los 200.000 euros

Fardos de cocaína dispuestos para su distribución. / Getty Images

Fardos de cocaína dispuestos para su distribución.

Gijón

La Audiencia Provincial ha condenado a penas que oscilan entre los 14 meses de cárcel y los 6 años y 9 meses de prisión a 12 acusados a los que se incautaron 8 kilos de cocaína procedente de Galicia para su distribución en Asturias, en 2015.

Los procesados han sido condenados por los delitos contra la salud pública, pertenencia a organización criminal y tenencia ilícita de armas.

El tribunal de la Sección Segunda, que ha impuesto además el pago de multas que se mueven en una horquilla de entre 430 y 200.000 euros, ha aplicado las atenuantes de dilaciones indebidas al haber transcurrido cinco años desde la intervención policial que derivó en las imputaciones, y de toxicomanía, ya que varios de los acusados eran además consumidores habituales de sustancias estupefacientes.

De los doce acusados, cinco formaban parte de un grupo en Asturias dedicado a la adquisición y distribución de cocaína y hachís, otros cinco integraban el grupo en Galicia y otros dos mantenían contacto con el líder del grupo asturiano para vender la droga, que compraban en Madrid, al margen de ambas organizaciones.

El acusado con mayor relevancia dentro del grupo asturiano era José Antonio P. quien, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, tomaba las decisiones sobre la compra de las drogas desde Oviedo, aunque también se valía de una vivienda en Mieres, donde tuvieron lugar los principales encuentros con los proveedores y la entrega de estupefacientes, gracias a su difícil acceso y vigilancia.

El acusado de su confianza era Javier P.F., quien negociaba directamente con los distribuidores bajo sus órdenes y tenía como destinatario de la droga a Santiago G.L, que la distribuía en Gijón.

En los escalones inferiores, "tanto en importancia como en actividad" se encontraban los acusados José Antonio L.D. y Abel F.M., que eran los encargados de distribuir "al menudeo" el hachís.

Entre los acusados radicados en Galicia estaba David C.C., que a juicio del tribunal tenía una mayor relevancia en el grupo y al que el resto de los procesados se dirigían como "el jefe".

David C.C. además de la toma de decisiones se involucraba personalmente en las entregas realizadas a los investigados asturianos y tenía como segundo en la organización a Francisco Javier M.F., que participó, según la Audiencia, en al menos tres entregas los días 16 de julio, 10 de septiembre y 11 de octubre de 2015.

A su vez, Juan José D.V. contactaba con los "clientes" a los que suministraba las drogas y él además hacía de "lanzadera" para asegurar la entrega efectiva de las sustancias estupefacientes.

El asturiano Javier G.B. realizaba las labores de intermediación entre los dos grupos, a través de Javier P.F. y Santiago G.L. además de ser él mismo un distribuidor directo.

Las vigilancias policiales a los que fueron sometidos los acusados constataron varias entregas de drogas desde Galicia para su distribución en Asturias y fruto de estas investigaciones se interceptó en uno de estos viajes siete paquetes con cocaína a los que se sumaba otro kilogramo más de cocaína que iba destinada a uno de los acusados por valor de 243.714 euros.

La Policía también halló enterrada en la finca de Mieres una bolsa con 245.900 euros, una pistola semiautomática, seis móviles y un hacha.

El tribunal de la Sección Segunda ha declarado en la sentencia su competencia para llevar la causa y ha descartado la nulidad de actuaciones, como solicitaban las defensas. Contra la sentencia, que no es firme, cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 
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