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Conflictos laborales

Condenada la dirección de LM por modificar unilateralmente los turnos

El comité interpone una nueva demanda para denunciar a la dirección por la misma maniobra para el calendario de 2020

Imagen en el interior de la planta de palas eólicas / LM

Imagen en el interior de la planta de palas eólicas

Ponferrada

Condenada la dirección de la empresa LM por vulnerar los derechos fundamentales de los representantes de los trabajadores al modificar unilateralmente los turnos previstos para las vacaciones del pasado año.

La jueza entiende en la sentencia que la dirección debió contra con los sindicatos máxime cuando sólo tres meses antes se había llegado a un acuerdo de convenio colectivo en el que, claramente, se establecía un calendario de turnos de trabajo que se incumplió deliberadamente. Para el presidente del comité, Gabriel Garnelo, de la USO, el fallo supone un reconocimiento de las reivindicaciones sindicales.

De hecho, Garnelo también considera que la resolución sienta un precedente y, de hecho, el comité ya ha anunciado la interposición de una nueva demanda por incumplimiento del convenio colectivo por la decisión también unilateral de la dirección de modificar el calendario de turnos de trabajo en 2020. Algunos trabajadores pierden hasta la mitad de los fines de semana que tenían asignados en un claro incumplimiento del convenio y del propio plan de conciliación laboral de la empresa. Reconoce Gabriel Garnelo que esta forma de actuar de la empresa es claramente perjudicial y carece de toda lógica cuando existe un acuerdo firmado.

 
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