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Nueva condena para ex alcalde de Humanes de Madrid, Álvarez Sojo, por prevaricación

El juzgado le condena a 3 años y 6 meses de inhabilitación

El exalcalde de Humanes de Madrid, Adolfo Álvarez Sojo, ha sido condenado por prevaricación administrativa. / SER Madrid Sur

El exalcalde de Humanes de Madrid, Adolfo Álvarez Sojo, ha sido condenado por prevaricación administrativa.

Humanes de Madrid

El juzgado de lo Penal nº 3 de Móstoles ha condenado a Adolfo Álvarez Sojo a 3 años y 6 meses de “inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo” por un delito de prevaricación administrativa cometido cuando era alcalde de Humanes de Madrid. Se le condena por haber ordenado la ampliación de unas obras del campo de fútbol Emilio Zazo en 2008, sin seguir los procedimientos administrativos y sin fiscalización de la Intervención municipal.

Es la segunda sentencia que inhabilita a Álvarez Sojo. Ya en 2017 el Supremo le condenó a 2 años de prisión y 15 de inhabilitación por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por el caso Autoescuela Humanes, por unos cursos de formación vial no impartidos. El exedil de Obras, Felix Caballero, también ha sido condenado a los mismos años de inhabilitación.

La sentencia recoge como en 2006 y 2007, cuando ya se habían adjudicado obras en dependencias auxiliares del campo de fútbol, el equipo local ascendió a Tercera División, y el exalcalde, junto con el exedil de Obras, ordenaron a arquitecto y empresa constructora “realizar modificaciones en el proyecto inicial, con el consiguiente aumento de costes, derivado, tanto de las obras adicionales, como del acortamiento de los plazos de entrega”. El proyecto se elevó de 482.990 euros a 1.175.374 euros, todo ello, según indica el auto, por una ampliación del proyecto que "se realizó sin ser sometida al procedimiento ordinario de modificación de contratos de la Administración, habiendose procedido a la autorizacón de la ampliación de la obra de manera verbal por el alcalde y teniente de alcalde, sin dar cuenta de dicha modificación a la Intervención" municipal. La Intervención no sólo no tuvo conocimiento de esa ampliación, sino que tampoco "fiscalizó, ni contabilizó las facturas".

Durante el juicio, ambos acusados se responsabilizaron mutuamente, algo que el juez no admitió. Según indica la sentencia “no se pueden aceptar las alegaciones de desconocimiento de Adolfo Álvarez Sojo, ya que aparece como firmante “en gran parte de los documentos” y porque según los testigos, todas las ordenes de ampliación pasaban por él.

También considera el auto que era de Félix Caballero de quien dependían las obras y quien firmaba “la la recepción" de las mismas, además de preparar “todos los documentos” para ser rubricado por el alcalde. Concluye, por lo tanto, que era conocedor y partícipe de todas las obras. Ambos tendrán que asumir las costas judiciales de una sentencia contra la que cabe recurso de apelación. Al Ayuntamiento se le imponen las costas causadas a la UTE que realizó las obras,  "por su temeridad en el ejercicio de la acción civil contra la misma".

 
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