El ayuntamiento de Sevilla será acusación particular en el caso Magrudis
El juzgado acepta la personación del consistorio
Sevilla
La juez que instruye el caso Magrudis, ha admitido la personación del Ayuntamiento de Sevilla como acusación particular. Pilar Ordóñez permite así al consistorio hispalense ejercer la acusación particular en la causa abierta por el brote de listeriosis detectado en la empresa Magrudis.
Precisamente hoy, están declarando ante la juez cuatro investigados. Se trata del arquitecto de Magrudis, del asesor financiero de la empresa y los dos administradores solidarios de una distribuidora.
Según han confirmado a Europa Press fuentes judiciales, la juez tomará declaración este martes al arquitecto que presentó la declaración responsable de inicio de la actividad, al asesor financiero de la empresa y a los dos administradores solidarios de una empresa comercial, que distribuía la marca blanca de la carne mechada que fabricaba Magrudis.
Por su parte, hace unos días la juez aceptó la petición de la plataforma de afectados por la listeriosis, creada por el bufete Ateneo Abogados, y ha pedido a la mercantil que aporte los seguros de responsabilidad civil que haya tenido en vigor desde el alta en el registro sanitario autonómico en el año 2015 a la actualidad, unos seguros que "deben tener las sociedades limitadas que se dedican a la elaboración y distribución de alimentos".
Según reza en el escrito, formulado por el letrado de la plataforma, Germán Grima, el objetivo es saber si la empresa desde que se da de alta en 2015 en el registro sanitario autonómico, perteneciente a la Junta de Andalucía, y desde que la Consejería de Salud se lo notifica al Ayuntamiento de Sevilla, ha tenido seguro de responsabilidad civil en vigor.
Esta parte tiene conocimiento de que el Consistorio, desde que conoció que Magrudis estaba de alta en el registro sanitario autonómico, realizó dos inspecciones en sus instalaciones en noviembre de 2016 y en julio de 2017.
En estas inspecciones no detectaron que no tenía licencia de actividad pero lo que no está recogido en el procedimiento es "si la mercantil había estado operando o no estos años con seguro de responsabilidad civil en vigor".
Esta plataforma de afectados ha interpuesto querella contra la empresa y como responsables civiles subsidiarios contra el Ayuntamiento y la Junta, y sostiene que, dentro del amplio espectro del alcance de las responsabilidades civiles, "el relativo al de 'la culpa in vigilando' es el que puedan tener las dos administraciones".
"Si no se comprobó si tenía licencia de actividad, entendemos que no se haya comprobado y corroborado si Magrudis ha tenido seguro en vigor estos años", han remarcado en el escrito. Por todo ello, solicitaron al juzgado que corrobore si esta sociedad mercantil desde 2015 a 2018 ha tenido las pólizas de seguros de responsabilidad civil que "deben tener las sociedades limitadas que se dedican a la elaboración y distribución de alimentos".
EL GERENTE Y ADMINISTRADOR, EN PRISIÓN
Por su parte, el gerente y 'administrador de hecho' de Magrudis, José Antonio Marín Ponce, y su hijo mayor, Sandro José Marín Rodríguez, propietario y administrador único de la empresa cárnica, dos de los investigados en esta causa, siguen en prisión después de que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla rechazara los recursos de apelación presentados por sus defensa contra el auto de 15 de octubre por el que la juez ratificó la situación de prisión provisional de ambos.
La defensa de ambos investigados, en prisión desde el 26 de septiembre pasado, recurrió alegando que la decisión adoptada por la juez instructora no cumplía los requisitos y finalidades que podrían justificar su imposición y, además, carece de motivación suficiente, unos argumentos que fueron rechazados por la Sección Tercera de la Audiencia en dos autos distintos.
La Audiencia considera que, en este caso, "la naturaleza y gravedad de los hechos, la pena con que están castigados y la alarma social creada, aconsejan mantener la actual situación de prisión provisional para evitar el riesgo de que pueda eludir la acción de la justicia que se desprende de la variedad de los delitos presuntamente cometidos y del horizonte penitenciario que puede vislumbrar por su participación en su ejecución".