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Caso Sala

La acusación particular recurrirá la absolución de Miguel López

La Secretaría del Jurado de la Audiencia Provincial de Alicante responde que el primer veredicto se destruyó por el carácter secreto de las deliberaciones

Vicente Sala uno de los días que acudió al juicio por el asesinato de su madre / Europa Press

Vicente Sala uno de los días que acudió al juicio por el asesinato de su madre

Alicante

La acusación particular que ejerce Vicente Sala Martínez recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) la sentencia que absuelve a Miguel López de asesinar de dos tiros a María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la CAM. El letrado que le representa, Francisco Ruiz Marco, ya presentó un recurso de aclaración y ahora plantea el recurso a la sentencia dictada tras el veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular.

Este recurso contra esa sentencia se sumaría al de Fiscalía, si finalmente el Ministerio Público decide su presentación. Se buscaría la nulidad del juicio.

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Las acusaciones habían pedido una aclaración sobre qué ocurrió con la primera acta de veredicto, la que la magistrada devolvió al jurado por no estar bien motivada, que podría ser de culpabilidad y que no aparece unida al expediente porque se "destruyó", según unas diligencias remitidas a las partes, debido al carácter secreto de las deliberaciones. La intención de acusación y Fiscalía era estudiar su contenido con el fin de poder recurrir la sentencia posterior absolutoria.

Ese primer veredicto podría haber sido condenatorio para López y fue devuelto a las seis mujeres y tres hombres del jurado por la presidenta del tribunal, la magistrada Francisca Bru, al apreciar errores y falta de argumentación. Cuarenta y ocho horas después, el jurado dio un nuevo veredicto que, por seis votos contra tres, cambió el sino del único acusado para determinar que Miguel López era "no culpable" del asesinato.

Veredicto destruido

Ahora, en esas diligencias remitidas a las partes, la Secretaría del Jurado de la Audiencia Provincial de Alicante señala "no puede ni debe emitir ese certificado pedido habida cuenta de que se refiere a algo que no figura en las actuaciones". Y explica que "la publicidad del acta devuelta", en referencia a ese primer veredicto, habría podido "vulnerar el derecho del acusado a un juicio justo con todas las garantías".

Añade que es "uso habitual por parte del personal" de la oficina del jurado que, una vez disuelto el mismo jurado, se proceda "a la recogida de todos los borradores, notas, papeles y manuscritos que quedan en la sala de deliberación y que han constituido parte de su trabajo para proceder a su destrucción". Entre esos documentos "se encontraba el acta devuelta al jurado" puesto que, según el letrado de la Secretaría del Jurado, era "un simple borrador que debe ser destruido".

La Secretaría del Jurado abunda en que el acta devuelta al jurado no consta en las actuaciones porque "ni lo determina" la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado "ni hay resolución judicial que lo ordene", mientras que tampoco fue pedida por las partes en la audiencia de la devolución del veredicto, celebrada el viernes 8 de noviembre por la noche. En este punto, aduce que en ese momento las partes podrían haberla pedido a la magistrada "si entendían que la no unión o no lectura les causaba indefensión".

La sentencia

La Audiencia de Alicante absolvió, el pasado mes de noviembre, a Miguel López del delito de asesinato del que estaba acusado por matar presuntamente a su suegra, la viuda del expresidente de la CAM en 2016. La presidenta del tribunal del jurado traslada así a la sentencia el veredicto de no culpabilidad que fijó el pasado 10 de noviembre el jurado tras tres días de deliberaciones.

La sentencia considera probado que aquel 9 de diciembre de 2016, Miguel López entregó las llaves de su coche a María del Carmen Martínez, quien había acudido al concesionario Novocar a recogerlo, y que éste abandonó las instalaciones a las 18.38 horas. Alrededor de las 18.55 horas, la víctima “fue disparada por una persona desconocida, saliendo acto seguido del vehículo y siendo encontrada por Herninio” (uno de los empleados de Novocar que testificaron en la vista).

La magistrada destacaba en la sentencia que los miembros del jurado en su veredicto “no consideran culpable al acusado porque nadie testificó (…) haberlo visto acompañar a su suegra al lavadero y porque la prueba de parafina dio negativo”. También porque “no hay huellas de Miguel ni ADN en el escenario del crimen”. Tampoco se ha encontrado el arma.

 
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