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Kontsumobide podrá obligar a las empresas a indemnizar por daños y perjuicios

El anteproyecto de Ley de Estatuto de las personas consumidoras podrá acordar en sus sanciones a las empresas infractoras que indemnicen a las personas consumidoras

tarjetas de crédito, débito, banco, bancos, entidades financieras, comisión, comisiones, compras, comprar, cajero, consumo, consumir / EUROPA PRESS - Archivo (EUROPA PRESS)

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Bilbao

La actual norma vasca sobre consumo se aprobó hace 15 años. Los cambios sustanciales en los hábitos y formas de pago han obligado a modificar la legislación nacional y europea sobre consumo y ahora es el turno de Euskadi. El anteproyecto de Ley de Estatuto de las personas Consumidoras y Usuarias inicia ahora su tramitación parlamentaria pero, la consejera de Turismo, Comercio y Consumo, Sonia Pérez, ha avanzado ya algunas de las novedades.

Euskadi será la única Comunidad Autónoma en la que "Kontsumobide pueda acordar en sus sanciones a las empresas infractoras que estas indemnicen a las personas infractoras por los daños y perjuicios ocasionados por la comisión de la infracción". Esto quiere decir que, además de la sanción administrativa, se determinará el importe de la indemnización, que podrá hacerse efectiva por la propia Administración. La empresa en cuestión podrá recurrir al juzgado, aunque no cree la consejera "que suponga una mayor judicialización de casos".

Otras medidas

Este anteproyecto incluye más medidas en favor de la persona consumidora, como que si hay incidencias por obras de mantenimiento, gran afluencia de personas o meteorología, hay que dar aviso previo por si pudieran afectar a un uso en condiciones óptimas. Esta disposición está pensada para que las personas que vayan a entrar en una autopista, un parque temático o de atracciones, por ejemplo, sobre en qué condiciones se encuentran las instalaciones para que puedan, o no, optar al uso.

Se recoge también primar los sistemas alternativos de resolución de los conflictos de consumo. La consejera ha manifestado que "en las ejecuciones hipotecarias de vivienda habitual se marcará como opción prioritaria la mediación entre la entidad financiera y su cliente". El refuerzo de la protección de los intereses de las personas usuarias en los contratos de servicios de interés general (agua, electricidad, gas, teléfono o internet) será garantizado por la obligación regulada de que las empresas ofrezcan un plazo de subsanación antes de interrumpir la prestación.

Otra de las novedades tiene que ver con el personal inspector. Siguiendo las directrices europeas, se autorizará que no tengan que identificarse cuando "pueda frustrarse la finalidad de su actuación". El anteproyecto, que confía Sonia Pérez pueda ser aprobado "a mediados de 2020", incluirá un extenso catálogo de infracciones más ajustado al panorama normativo actual y prevé, junto a las sanciones, que pueda darse publicidad a las infracciones que hayan cometido las empresas en los últimos dos años. Además, aumenta la protección contra abusos contractuales mediante la difusión de cláusulas y prácticas empresariales abusivas.

 

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