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El TSJ determina que la residencia San Bernabé no vulnera el derecho de los trabajadores en sus descansos

El máximo tribunal de Castilla y León tumba una sentencia anterior que daba la razón a los sindicatos del geriátrico palentino

Residencia San Bernabé de Palencia / Radio Palencia

Residencia San Bernabé de Palencia

Palencia

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León da la razón a la residencia San Bernabé y tumba otra resolución anterior del Juzgado de lo Social número 2 de Palencia que determinaba que el geriátrico vulneraba el derecho que tienen sus trabajadores a un periodo de descanso ininterrumpido de un día y medio a la semana. Desde la residencia se recurrió la sentencia y ahora el máximo tribunal de la Comunidad admite ese recurso. En definitiva el TSJ considera que la empresa, representada por la letrada Amaya Rodríguez de AFYSE Abogados, no contraviene la regulación convencional vigente en los descansos.

Los sindicatos reclamantes Sindicato de Enfermería SATSE, CCOO, CGT y UGT pretendían hacer valer ante los tribunales un acta de la comisión paritaria del Convenio Colectivo Marco Estatal que determina que el número máximo de días seguidos que se pueden trabajar semanalmente es de seis. La empresa marcaba en sus cuadrantes siete días de trabajo seguidos y la primera resolución judicial que partió de Palencia consideró que se vulneraba la obligación de respetar un día y medio de descanso a la semana que prevé el artículo 38 del Convenio Colectivo Marco. Estimaba que sólo podía cumplirse sobre un número máximo de seis días seguidos de trabajo a la semana.

No comparte esos postulados el TSJ. Aplica la doctrina Europea a España y concluye que la directiva no exige que el periodo mínimo de descanso semanal ininterrumpido de 24 horas al que tiene derecho todo trabajador sea concedido a más tardar al día siguiente a un periodo de seis días de trabajo consecutivo, aunque sí impone que sea concedido dentro de cada periodo de siete días. En definitiva, "no cabe ciertamente entender que los calendarios impuestos por la dirección de la residencia de San Bernabé, que suponen para los en torno a 60 trabajadores afectados laboral siete días consecutivos y descansar los dos siguientes, contravengan la regulación convencional vigente".

 

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