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Según la justicia las prácticas extracurriculares de los estudiantes de la UAM no son una relación laboral

La justicia reconoce la plena legalidad de este programa y señala que el objetivo es el desarrollo de otras competencias transversales

Campus de Cantoblanco de la UAM / SER Madrid Norte

Campus de Cantoblanco de la UAM

Alcobendas

El juzgado de lo Social número 7 de Madrid ha desestimado íntegramente la demanda de la Tesorería General de la Seguridad Social contra la Universidad Autónoma de Madrid y los 285 estudiantes que estaban realizando sus prácticas. La TGSS consideraba que la universidad y estos estudiantes mantenían una relación laboral.

La sentencia considera que el modelo de prácticas extracurriculares de la UAM se ajusta a derecho porque las funciones desempeñadas por los estudiantes en prácticas “se adaptan plenamente a la normativa que las regula”. Se reconoce que están totalmente desvinculadas de su formación académica y que no forman parte del plan de estudios. El objetivo de esas prácticas es el desarrollo de otras competencias transversales, según el juzgado.

Destaca el escrito que todos los servicios y dependencias de la Universidad funcionan actualmente, a pesar de que el programa de prácticas extracurriculares está suspendido desde la demanda.

La UAM ha acogido con satisfacción esta sentencia y ha insistido en que una de sus prioridades ha sido siempre garantizar que los estudiantes tengan acceso a programas de prácticas de calidad que refuercen su formación y mejoren su empleabilidad.

 

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