Prevencoor: medidas de emergencias y evacuación en los centros de trabajo
Todos los centros de trabajo están obligados a implantar medidas de emergencias en materia de primeros auxilios
Sevilla
En todos los centros de trabajo, sean grandes o pequeños, se han de prever medidas de emergencias en materia de primeros auxilios, lucha contraincendios y evacuación. A través de la realización de planes de emergencias o planes de autoprotección según los casos y actividades. Art 20 de la ley 31/ 1995, de prevención de riesgos laborales.
El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y actividad de su empresa, debe de analizar las distitas situaciones de emergencias que se pueden dar en su establecimiento en materia de primeros auxilios, lucha contraincendios y evacuación, y designar a un personal de emergencias, formarlos debidamente, hacer simulacros anuales y organizarse con servicios externos en esta materia: salvamento, bomberos, asistencia en primeros auxilios, etc.
En los estudios de Radio Sevilla ha estado el director de Prevencoor, José Manuel Mérida, empresa dedicada a la seguridad y prevención, para explicar la importancia de estas medidas:
José Manuel Mérida, director general de Prevencoor
07:55
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Existen algunas actividades que por ley (RD 393/2007) exigen, en vez de un plan de emergencias, un plan de autoprotección. Este es un documento más completo que contiene una descripción del centro, un inventariado y descripción de las medidas y medios de autoprotección del centro de trabajo, una evaluación de la resistencia al fuego de los materiales, programa de mantenimiento de instalaciones, plan de actuación ante emergencias, etc. Ejemplos de estas actividades se dan en centro sanitarios, residencias, escuelas infantiles, centros docentes, centros de espectáculos, centros industriales o de almacenamientos…