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El Supremo desestima el recurso de Alter Inmuebles contra el Ayuntamiento de Ávila

La empresa pretendía obtener una indemnización de 17 millones de euros después de que no se pudiera llevar a cabo la operación urbanística que se proyectó como compensación por los terrenos donde se ubica el CYLOG

Franja de terreno que se quería recalificar como urbanizable en la modificación sexta del P.G.O.U que fue anulada por los tribunales. El suelo urbanizable llegaba hasta el Hotel Fontecruz, propiedad del mismo empresario que había cedido el terreno para el CYLOG / Cadena SER

Franja de terreno que se quería recalificar como urbanizable en la modificación sexta del P.G.O.U que fue anulada por los tribunales. El suelo urbanizable llegaba hasta el Hotel Fontecruz, propiedad del mismo empresario que había cedido el terreno para el CYLOG

Ávila

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa 'Alter Inmuebles S.L. contra la sentencia de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y cierra definitivamente la puerta a un nuevo recurso en contra del Ayuntamiento de Ávila.

El Supremo ratifica así que el Ayuntamiento tiene que indemnizar a la citada empresa con 1.247.729 euros más los intereses legales desde el 21 de enero de 2006 hasta su completo pago. Cabe recordar que ya hizo un pago al juzgado de 1.796.000 euros para hacer frente a la indemnización después de la sentencia de noviembre de 2016.

El llamado Caso Cylog se remonta al año 2006, cuando la empresa Fuentebuena 2004, S.L. (ahora Alter Inmuebles) firma con el Ayuntamiento de Ávila (entonces presidido por Miguel Ángel García Nieto) un convenio urbanístico por el cual esta empresa cedía a la ciudad 189.400 metros cuadrados de suelo rústico en la zona norte, para la futura instalación de un Centro Logístico (CYLOG). Esos terrenos habían sido comprados por dicha empresa dos años antes por 811.000 euros.

El Ayuntamiento justificó la necesidad de esos terrenos para la continuidad en Ávila de la fábrica de NISSAN, que precisaba de ese centro logístico. Y a cambio de ese suelo rústico no pagó cantidad alguna, ni se hizo una expropiación. Se firmó un convenio con la empresa, vinculada a Julio Ortega, por el cual a cambio de ese suelo rústico recibían 40.000 metros cuadrados urbanizables de uso residencial. Para ello el Ayuntamiento decidió recalificar terrenos haciendo una modificación del Plan General de Ordenación Urbana. Pero esa recalificación no se hizo en lo que se podía considerar la zona de crecimiento natural de la ciudad sino en una lengua de terreno que llegaba hasta las inmediaciones del Hotel Fontecruz, propiedad del mismo empresario, en Naturávila.

Esa modificación del PGOU se consideró no ajustada a derecho por el Tribunal Superior de Justicia de Burgos en 2013. Dos años después la empresa Alter Inmuebles demanda al Ayuntamiento de Ávila y le pide una indemnización de 17 millones de euros, que es en lo que valoró lo que habría obtenido si se hubieran podido recalificar los terrenos previstos.

Es decir, si la Justicia no hubiera anulado la recalificación de terrenos el Ayuntamiento de Ávila habría firmado un convenio con una empresa por el cual habría obtenido una finca rústica que costó poco más de 800.000 euros por terrenos urbanizables que habrían dado a esa empresa unos 17 millones de euros. Un negocio redondo para esa empresa.

Finalmente el Ayuntamiento pagará por esos terrenos un precio considerado justo, 1.247.729 euros. Lo que habría pagado si en lugar de firmar un convenio urbanístico hubiera comprado los terrenos a la empresa y probablemente más que si hubiera acudido a una expropiación con un justiprecio.

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María Ángeles Hernández

María Ángeles Hernández

Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid. Es redactora en SER Ávila desde 1994....

 

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