El Ayuntamiento de Toledo gana el recurso contra el Plan del Tajo
El Tribunal Supremo lo anula parcialmente aunque no puede fijar caudales mínimos como pedía el recurso
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Presa, Agua, Río Tajo, Toledo(EUROPA PRESS)
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Toledo
El Tribunal Supremo ha emitido una tercera sentencia en la que anula parcialmente el Plan Hidrológico del Tajo, atendiendo la reclamación del Ayuntamiento de Toledo, porque no fija caudales ecológicos en esta ciudad, en Aranjuez y en Talavera de la Reina.
Igual que en la del recurso del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, esta nueva sentencia sigue la línea de la primera que emitió hace dos semanas esta misma Sala del Supremo, en la que anuló varios artículos del Plan Hidrológico del Tajo por no fijar caudales ecológicos en las tres ciudades recurrentes.
Tras conocer este lunes la sentencia, la alcaldesa de Toledo, Milagros Tolón, ha convocado una reunión del Consejo del Pacto de Toledo por el Tajo para analizar las últimas sentencias del Supremo en relación al Plan Hidrológico del Tajo.
El consistorio ha recordado que las tres sentencias anulan preceptos del Plan Hidrológico del Tajo "y obligan a garantizar caudales ecológicos a su paso por Toledo, tal y como se exigía en la demanda presentada por el Ayuntamiento en febrero de 2016".
El Ayuntamiento de Toledo reclamaba en su recurso que en el Apéndice 4.3 del Plan Hidrológico del Tajo se reconozca un caudal mínimo de al menos 27,8 metros cúbicos por segundo en río Tajo a su paso por Talavera desde la desembocadura del Alberche hasta la cola del embalse de Azután.
También demandaba un caudal mínimo de al menos 23 metros cúbicos por segundo en el Tajo por Toledo capital y 9,5 metros cúbicos por segundo en Aranjuez.
Sin embargo, la Sala no ha admitido la petición de fijar estos mínimos, porque la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA) establece que los órganos jurisdiccionales "no pueden determinar la forma en la que han de quedar redactados los preceptos de una disposición general ni determinar el contenido discrecional de los actos anulados", por lo que tendrá que fijarlos el organismo de cuenca.