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Desestimado otro recurso de una plataforma de pisos turísticos contra una sanción de Turisme

Windu GMBH solicitaba la nulidad de la resolución sancionadora de 20.000 euros por publicitar y comercializar por Internet alojamientos turísticos sin hacer constar el correspondiente número de registro

Playa de Benidorm / Getty images

Playa de Benidorm

Valencia

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Valencia ha desestimado el recurso presentado por la plataforma de alquiler turístico Windu GMBH contra la sanción interpuesta por Turisme Comunitat Valenciana por no incluir el número de registro.

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Es la tercera vez que se desestima un recurso de plataformas de alquileres turísticos por sanciones de Turisme, ya que ya ocurrió en noviembre de 2017 con Homeaway y hace ahora un año con Rentalia, ha informado este organismo.

En el caso de Windu, solicitaba la nulidad de la resolución sancionadora de 20.000 euros por publicitar y comercializar por Internet alojamientos turísticos sin hacer constar el correspondiente número de registro, pero el juzgado ha considerado que la actividad de la plataforma no es la de un prestador de servicios sino que realiza directamente una actividad turística.

Francesc Colomer: "Es evidente que lanzamos ese mensaje a estas plataformas de que nuestro modelo turístico pretende ser profesional y de calidad"

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Por tanto, debe someterse a la normativa autonómica de este tipo de actividades, ya que realiza una intermediación en el mercado turístico inmobiliario, según indica la sentencia, informan fuentes de Turisme Comunitat Valenciana.

Turisme ha abierto desde 2016 expedientes sancionadores a 34 plataformas ante su negativa a solicitar a sus usuarios el número de registro de las viviendas que alquilan a través de Internet, de los que 18 están en fase de diligencias previas, quince de las cuales se han archivado al haberse subsanado las deficiencias, mientras que tres se encuentran en fase de verificación.

En otros 16 casos se han abierto expedientes sancionadores, de los que han finalizado 15, y se han impuesto sanciones por 164.401 euros.

Con la entrada en vigor de la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad se estableció una nueva graduación de las sanciones, que pueden llegar a los 100.000 euros.

El secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer, ha destacado que es la tercera vez que los tribunales se pronuncian a favor de la capacidad sancionadora del organismo y además dan la razón a Turisme en los argumentos.

Según ha dicho, la obligación de incluir el número de registro al dar de alta una vivienda turística para su comercialización en un portal de estas características es "perfectamente controlable por la empresa, puesto que basta con incluirla como campo obligatorio a rellenar por los usuarios".

Ha destacado que estas sanciones se dirigen a luchar contra la competencia desleal y la oferta no reglada en el sector turístico, pese a las complicaciones que se encuentran al enfrentarse a "gigantes globales que operan por Internet y que no pueden eximir sus responsabilidades ante las graves consecuencias de una economía sumergida que perjudica al sector".

Colomer ha recordado que es un problema global, ante el cual la Comunitat Valenciana continuará defendiendo al empresario reglado, que crea riqueza y ocupación, y los derechos del consumidor, que "no puede acabar sufriendo las consecuencias de las malas prácticas de aquellos que no cumplen la ley".

 
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