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Seguridad Vial (7/3/2019)

El nuevo Codigo Penal de Seguridad Vial endurece las penas contra los infractores

La reforma es fruto de la campaña #PorUnaLeyJusta promovida por la viuda de un ciclista atropellado

Seguridad Vial (7/3/2019)

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16:57

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Logroño

Hoy hablamos con nuestro experto en Seguridad Vial, Miguel Navarro, y con el responsable del despacho jurídico Acofirma, Ángel Martinez Lledó, sobre el nuevo Código Penal de Seguridad Vial, que entro en vigor el pasado 3 de marzo.

El texto se asienta sobre tres principales ejes: la introducción de tres supuestos que se van a considerar imprudencia grave por disposición de la ley, el aumento de la punición por este tipo de conductas y la introducción del delito de abandono del lugar del accidente.

Con la reforma, se considerará "imprudencia grave" al volante en estos tres supuestos: exceso de velocidad, conducción bajo la influencia del alcohol y bajo influencia de drogas, agravándose así la pena. Hasta ahora, el juez valoraba si la imprudencia había sido grave, menos grave o leve, de acuerdo con las circunstancias concurrentes en el hecho. Con la nueva regulación propuesta, en cualquiera de estos tres supuestos no cabrá margen de interpretación y se considerará imprudencia grave en cualquier caso.

Con respecto al aumento de penas, se amplían las penas de prisión de los 4 años de máximo, como estaba establecido antes, hasta los 6 si se causa un mínimo de dos fallecidos o un fallecido y un lesionado muy grave (lesiones invalidantes) cuando sea por una imprudencia grave. Pero la pena podrá llegar a los 9 años de prisión cuando sean 'muchos' los fallecidos, quedando esto a voluntad del juez.

 
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