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El Supremo falla en contra de las terrazas pegadas a las fachadas

La sentencia concluye que se está limitando el derecho a la movilidad de las personas invidentes

Jornadas de Puertas Abiertas del Tribunal Supremo 2018 / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo (EUROPA PRESS)

Jornadas de Puertas Abiertas del Tribunal Supremo 2018

Vigo

La sentencia del Supremo con fecha 11 de febrero es contundente: las terrazas no podrán estar pegadas a las fachadas porque infringen la normativa estatal y deberán anularse. En su sentencia, el magistrado Trillo Alonso razona que infringen la normativa estatal y que, por tanto, deberán anularse o retirarse. En su argumentación, Trillo Alonso concluye que “la Orden del Ministerio de la Vivienda se debe imponer con las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de los espacios públicos urbanizados que establece esa zona como itinerario peatonal accesible la linea colindante o adyacente a las fachadas o elementos horizontales”.

El fallo del Supremo se refiere a un recurso presentado por un colectivo de vecinos de Elche que había recurrido contra la ordenanza municipal sobre las terrazas. En la sentencia se cita claramente la necesidad de dejar libre esa línea pegada a las fachadas porque su finalidad es “que un invidente pueda en su deambular orientarse con la línea de la fachada o elemento horizontal que materialice físicamente el límite edificado a nivel del suelo”. Vamos a ver el recorrido que pueda tener esta sentencia del Supremo en los diferentes ayuntamientos ya que deja claro el magistrado Trillo Alonso que caso de no subsanarse y estar las terrazas pegadas a los edificios, “supone un obstáculo para quien siendo invidente no puede tomar como referencia la línea de fachada o elemento horizontal”. La corrección que el Supremo le ha pedido al Ayuntamiento de Elche suprimiendo dos de sus artículos están fundamentados claramente en que “supone una limitación de su derecho de movilidad por los espacios públicos que son las aceras” y recuerda que “nos encontramos ante la protección de un derecho fundamental y sensible”.

En Vigo ya estudian en profundidad esta sentencia en el Concello para ver qué medidas o qué ajustes se pueden o se deben realizar en la actual ordenanza para ajustarse a derecho y a la jurisprudencia que marca dicha Sentencia del Supremo. Recordemos que el Concello de Vigo apostó por la tasa cero en las terrazas lo que redundó en la multiplicación de los bares, restaurantes o locales que apostaron por ampliar sus terrazas y los espacios acotados. La sentencia la hemos analizado con el abogado Carlos Borrás, colaborador habitual de Hoy por Hoy Vigo.

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Carlos Borrás analiza el fallo del Tribunal Supremo sobre las terrazas pegadas a los edificios

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