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Incineradoras basura

El Supremo ratifica la nulidad de la rescisión del contrato de la incineradora

Cadena Ser

San Sebastián

El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso presentado por las mancomunidades de Tolosaldea y Urola Medio contra la sentencia del TSJPV que declaró nulo el acuerdo adoptado en 2013 por Bildu para rescindir el contrato de construcción de la incineradora, lo que declara firme el citado fallo.

Con esta resolución finaliza la batalla judicial en torno a una de las decisiones más controvertidas del gobierno de Bildu en la Diputación de Gipuzkoa, la anulación en noviembre de 2013 del contrato para la construcción de la incineradora de residuos que había sido adjudicado por el equipo de gobierno anterior, del PNV.

La rescisión de este contrato significó el pago de una indemnización de 8 millones de euros a las empresas que conformaban la UTE adjudicataria, así como el abono de más de 3 millones de euros por trabajos ya realizados.

La Diputación sostiene además que como consecuencia de la decisión de Bildu, considerada nula por los tribunales, se perdió la financiación otorgada por el Banco Europeo de Inversiones (BEI) para el proyecto, lo que ha derivado en pérdidas acumuladas de más de 40 millones de euros para el Consorcio de Residuos.

El acuerdo de rescisión del contrato adoptado por la mayoría de la que Bildu disfrutaba en el Consorcio de Residuos de Gipuzkoa fue anulado en diciembre de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Gipuzkoa, en una resolución que fue recurrida por las mancomunidades de Tolosaldea y Urola Medio ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que ratificó la sentencia, y ante el Supremo, que no ha admitido a trámite el recurso.

Frente al argumento esgrimido por los recurrentes, que adujeron que se paralizó la incineradora para redimensionarla, la sentencia del TSJPV consideró que la "verdadera intención" del Consorcio controlado por Bildu "no era propiciar la construcción de las infraestructuras en el modo que le había sido encomendado" -por las Juntas Generales- sino "desistir definitivamente de la construcción de siquiera uno de sus elementos fundamentales, la incineradora, por disconformidad de sus rectores con el modelo de eliminación de residuos imperante y suplantarla por la vía de los hechos consumados por otro sistema alternativo".

La sentencia aclaró que fueron los hechos los que permiten determinar que se produjo un caso de "desviación de poder" al adoptar el acuerdo de rescisión del contrato, ya que tras la resolución de la adjudicación no hubo ningún otro trámite para "promover o licitar la ejecución directa o indirecta de dicha primitiva infraestructura" hasta que se produjo "un cambio efectivo por la vía electoral de los responsables" del consorcio.

El fallo ahora confirmado insistía en que "las razones que trataban de dar justificación aparente de interés público a la extinción del contrato no se correspondían con las verdaderas finalidades de la decisión administrativa, de carácter estructural, definitivo y de radical y completo apartamento del modelo al que dicho contrato se ajustaba".

Tras conocerse la resolución del Supremo, el diputado de Medio Ambiente de Gipuzkoa, José Ignacio Asensio (PSE-EE), ha manifestado que "el máximo tribunal ha puesto negro sobre blanco que los responsables de Bildu se saltaron las normas, causando pérdidas superiores a los 40 millones de euros", a las que han tenido que hacer frente todos los guipuzcoanos.

A su juicio, "ha llegado el momento de que Bildu asuma sus responsabilidades", por lo que comunicará el contenido de la providencia del Supremo a la asamblea del Consorcio de Residuos con el objeto de que sus servicios jurídicos "analicen las acciones que pudieran derivarse".

Asensio ha insistido en que la justicia ha demostrado que "el anterior gobierno de Bildu vulneró la legalidad y quiso pasar por encima de la voluntad de los guipuzcoanos, ignorando lo aprobado por la mayoría en las Juntas Generales".

 
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