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El TS prohíbe en Canarias el veto del alquiler vacacional en zonas turísticas

En su fallo, el Alto Tribunal estima que esta limitación contraviene la libertad de empresa y favorece la oferta de alojamiento tradicional

EUROPA PRESS

Palma

El Tribunal Supremo ha anulado la decisión del Gobierno canario de prohibir las viviendas de alquiler vacacional en las zonas catalogadas como turísticas. En su fallo, estima que esta limitación contraviene la libertad de empresa y solo busca "favorecer la oferta de productos alojativos tradicionales".

El decreto del Gobierno de Canarias sobre viviendas vacacionales ha recibido varios pronunciamientos desfavorables del Tribunal Superior de Justicia de aquella comunidad, no solo por prohibir esta actividad en zonas turísticas sino también por no permitir que sus propietarios las alquilen por habitaciones sueltas. El Ejecutivo autonómico interpuso recurso en todos los casos. La sentencia del Supremo supone la primera decisión judicial firme sobre esta normativa que regula la actividad en el caso de Canarias.

El Alto Tribunal subraya que la decisión del gobierno canario de excluir las viviendas vacacionales de las zonas turísticas tiene como objetivo que estas "no compitan con el resto de establecimientos alojativos hoteleros o extrahoteleros", lo que no puede considerarse como un argumento de interés general, que es lo que exige la legislación española para limitar la oferta de un servicio. El Supremo añade que los criterios de índole medioambiental y urbanística incorporados posteriormente "resultan insuficientes".

 
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