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Caso Grúas

La Fiscalía rechaza el recurso de súplica de Clavijo y abre la puerta a un pronunciamiento de un Alto Tribunal

En el escrito del teniente fiscal, Demetrio Pintado, indica que "sería provechoso y rentable un pronunciamiento de un Alto Tribunal sobre la cuestión del aforamiento

El TSJC determinó remitir el caso al Juzgado de instrucción de La Laguna. / CADENA SER

El TSJC determinó remitir el caso al Juzgado de instrucción de La Laguna.

Santa Cruz de Tenerife

 La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de súplica presentado por los abogados de la defensa del presidente del Gobierno canario, Fernando Clavijo. Este recurso cuestionaba la decisión del TSJC de declararse incompetente para seguir llevando la causa contra Clavijo por el Caso Grúas tras la pérdida de la condición de aforado por la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía de Canarias.

En el documento redactado por el teniente fiscal, Demetrio Pintado,  se asevera que la Sala Civil y Penal del TSJC nunca asumió "la competencia para conocer los actos atribuidos a Fernando Clavijo en el caso en la exposición razonada emitida por el Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna" y que, por lo tanto, "nunca ha existido resolución judicial que acordará iniciar un procedimiento penal para investigar y conocer la conducta delictiva denunciada". Así las cosas, el fiscal interesa que la Sala desestime el recurso de súplica al entender que nunca se aceptó la competencia sobre el caso ni tampoco se refrendó los indicios de criminalidad que se le imputaban a Clavijo. Además, en cuanto a la controversia suscitada por el desaforamiento de Clavijo tras la entrada en vigor del Estatuto, mucho después de iniciadas el procedimiento penal del 'caso grúas', el fiscal considera que " sería provechoso y rentable un pronunciamiento de un Alto Tribunal que diera definitivamente luz y aportara claridad a esa cuestión tan controvertida"

Cabe recordar que en el pliego de súplica basaba su petición en las irregularidades y retrasos en el procedimiento, además de la irretroactividad de las leyes en España que recogen numerosos textos y jurisprudencia de nuestro ordenamiento. Por último, cita un informe del Consejo de Estado del 15 de noviembre que señala cómo se debería proceder en caso de que una reforma de la Constitución cambiase la condición de aforado de algún cargo público.

 
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