Obligados a pedir la ejecución de sentencias
Stop Clausulas Suelo asegura que en casi un tercio de los cerca de 2.000 asuntos planteados en el juzgado nº 6 de Zamora, los clientes tienen que pedir la ejecución del fallo
Zamora
A pesar de que mayoritariamente las sentencias dictadas en los juicios sobre clausulas suelo están siendo favorables a los clientes y los bancos ya no suelen recurrirlas, la ejecución del fallo en muchos casos se está dilatando debido a la falta de colaboración de algunas entidades que no están haciendo efectivo el mandato judicial y obligan al cliente a volver al juzgado para pedir la ejecución de la sentencia.
En Zamora se está dando esta situación en cerca del 30% de los casi 2.000 asuntos que sobre clausulas suelo lleva el juzgado nº 6, según Antonio del Castillo, abogado de la Plataforma Stop Clausulas Suelo, “hay bancos que están demorando el pago debido a distintos problemas relacionados con fusiones, absorciones, cambios de denominación, etc., y los clientes tienen que plantear una demanda de ejecución de sentencia”.
Recuerda Antonio del Castillo que, una vez emitida la sentencia, en la inmensa mayoría de los casos favorable al consumidor, el banco tiene veinte días hábiles para apelar mas otros veinte para hacer efectivo el pago, lo que significa que si en el plazo aproximado de dos meses tras el fallo, la entidad no ha efectuado el pago, el cliente deberá requerir la ejecución de la sentencia y, en el peor de los casos, esperar otros seis meses el abono de las cantidades cobradas indebidamente por el banco por la aplicación de las clausulas suelo “estamos hablando de que en ocasiones se tardan ocho, nueve o diez meses en recuperar el dinero”, asegura el abogado de Stop Clausulas Suelo.
Según Antonio del Castillo se está dando además otra situación irregular como es que algunos bancos están tratando de destinar parte de las cantidades que se ven obligados a devolver al cliente a la amortización de los prestamos, una práctica que tiende a evitar la descapitalización de la entidad y que los consumidores no están obligados a aceptar, “el usuario tiene derecho a percibir la devolución integra y es voluntad suya si quiere destinar el dinero a amortizar el préstamo como reconocen algunas resoluciones judiciales” señala Antonio del Castillo.